Aragón. El Supremo eleva a Pleno el recurso de Mainar para estudiar si debió ser juzgado por un jurado popular

ZARAGOZA
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado oír la opinión del Pleno sobre si el único acusado del caso Fago, Santiago Mainar, debió de ser juzgado con jurado popular. Mainar fue condenado a 20 años y nueve meses de prisión y a pagar 105.000 euros a la viuda en concepto de responsabilidad.

Concretamente, el estudio de la sentencia realizada por el alto tribunal oscense lo han llevado a cabo los magistrados Andrés Martínez-Arrieta, Francisco Contender, Alberto Jorge Barreiro, Joaquín Delgado y Joaquín Jiménez. Dicho Pleno no jurisdiccional tendrá lugar a mediados del próximo mes de julio.

La declaración autoinculpatoria del propio acusado ante la Guardia Civil y el hallazgo de restos biológicos de Mainar en varios puntos del vehículo de propiedad de la víctima, constituyeron las dos principales pruebas inculpatorias del único acusado por el asesinato del alcalde de Fago, Miguel Grima, según la sentencia de la Audiencia oscense.

El abogado de Mainar, Marcos García-Montes, en su recurso reclama que se devuelva el caso a la Audiencia de Huesca a fin de que se celebre un nuevo juicio, con jurado popular.

Para conseguir esto, García-Montes aseveró, en declaraciones a Aragón Press, que él ha presentado la revocación del Tribunal Supremo de la sentencia contra el acusado de violar y asesinar a dos policías nacionales de Barcelona. Según este letrado, el alto tribunal remarcó “que era un daño importante para la familia, pero que la Judicatura cumple con lo que está escrito en la Ley, por lo que era necesario un tribunal de jurado”.

Junto a esta sentencia y otras más, el despacho madrileño ha presentado un acuerdo de un pleno no jurisdiccional del TS para unificar doctrina en el que se señala que en “casos como el de Fago se resuelve que es tribunal de jurado”.

El abogado Marcos García-Montes manifestó que es de “difícil comprensión e inteligencia” que el procedimiento del caso Fago se tramitara por tribunal de jurado y que “cambiara de repente y a última hora de criterio” la Audiencia cuando califica el Fiscal y se apunta que tiene que ser un tribunal profesional.

En el caso de que el Supremo entendiese que el juicio estuvo “bien celebrado” por el tribunal profesional, algo incomprensible para el abogado de Mainar, se entraría en el ámbito de la presunción de inocencia, algo que García-Montes ha acreditado que “ninguna prueba puede ser concluyente para condenar a mi cliente”. “Lo que quiero es que nueve hombres o mujeres sin piedad española juzguen, según la Ley, a Santiago Mainar”, apuntó.

La Audiencia de Huesca decidió en 2008 que Mainar fuera juzgado por un tribunal profesional, confirmando así una resolución del juez de Jaca que había instruido la causa.

(SERVIMEDIA)
08 Jun 2010
CDM/lmb