El Gobierno reduce al 80% la inversión obligatoria en inmuebles de las sociedades inmobiliarias

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno ha reducido el coeficiente de inversión obligatorio en inmuebles de las sociedades de inversión inmobiliaria (SII)del 90% al 80% de su activo. Así, se equipara este porcentaje con el exigido a las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimis).

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), motivado por los efectos que está teniendo la actual crisis financiera.

Según el Ejecutivo, los objetivos de estos cambios son dos: solucionar los problemas planteados por el impacto de la crisis financiera sobre el activo de las IIC e introducir mejoras puntuales que permitan mayor flexibilidad en la actuación de estas figuras de inversión sin menoscabar la protección del inversor.

Además, se introduce una mejora del régimen de liquidación de los fondos inmobiliarios y de los fondos de inversión financiera.

En el caso de los fondos inmobiliarios, también se elimina la prohibición de incluir en su objeto social la inversión en otras IIC inmobiliarias. Evidentemente, esta modificación va acompañada de la tradicional cláusula ya existente para las IIC financieras que impide que existan cascadas de IIC.

Esto es, para que una IIC inmobiliaria invierta en otra Institución de Inversión Colectiva Inmobiliaria, esta última a su vez no puede tener invertido más del 10% de su activo en otras IIC.

(SERVIMEDIA)
04 Jun 2010
BPP/GFM