Cataluña. El BOE publica el decreto que facilita el traslado de la sede social de las empresas

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este sábado el real decreto ley de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional, que entra en vigor hoy.

La norma aclara quiénes son los órganos competentes para aprobar el cambio de sede social por parte de las sociedades que así lo decidan. Se facilitan los trámites, de manera que solo si existe una declaración expresa en contrario por parte de los estatutos de la sociedad, será el Consejo de Administración el competente para aprobarlo.

La norma impulsada por el Gobierno explicita que la "disposición contraria" existirá solo cuando los estatutos "dispongan expresamente que el órgano de administración no ostenta esta competencia".

Es decir, se necesitará una mención expresa de los estatutos de la sociedad para que el Consejo de Administración no sea el competente para decidir el traslado de la sede social de la empresa.

El real decreto ley contiene, además, una disposición transitoria para referirse a los traslados de domicilios de sociedades cuyos estatutos se hubiesen aprobado antes de esta reforma.

En este caso, se entenderá que hay disposición contraria a los estatutos cuando con posterioridad a la entrada en vigor de este decreto se hubiera aprobado una modificación estatutaria que expresamente declare que el órgano de administración no ostenta la competencia para cambiar el domicilio social.

(SERVIMEDIA)
07 Oct 2017
MMR/BPP/gja