Madrid. CSIF asegura que una sentencia obliga a Carmena a rehacer la unidad antidisturbios de la Policía Municipal

MADRID
SERVIMEDIA

El sindicato CSIF aseguró este martes que un juzgado ha obligado a la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, a rehacer la unidad antidisturbios de la Policía Municipal, al entender que se desmanteló sin negociación con los representantes de los agentes.

Según informó hoy el CSIF, el juzgado ha anulado, a instancias de este sindicato, la decisión que tomó el Consistorio de la capital el 6 de abril de 2016, cuando rehízo las unidades en las que se dividía la Policía madrileña.

La decisión ha sido adoptada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Madrid, que anula el acuerdo que tomó el Gabinete de Carmena hace año y medio. La reorganización de la Policía local que se aprobó entonces supuso la desaparición de las Unidades Centrales de Seguridad (UCS), que son el equivalente en este cuerpo a los antidisturbios de otras fuerzas de seguridad.

Según CSIF, el juez declara la nulidad de dicha resolución porque el Consistorio modificó unilateralmente la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Policía sin seguir "el procedimiento sobre negociación colectiva”.

EJECUCIÓN DEL FALLO

Por este motivo, esta confederación sindical anunció que va a pedir la ejecución provisional de la sentencia para volver al momento anterior a la disolución de esta unidad de antidisturbios, con independencia de que los servicios jurídicos del Ayuntamiento recurran esta resolución.

Según este sindicato, esta sentencia va un paso más allá de las dos dictadas por sendos juzgados de lo contencioso-administrativo (los números 12 y 18 de Madrid) el pasado mes de junio, que, también a instancias de CSIF, anularon las resoluciones por las que se desmantelaron las UCS. Sin embargo, esta última sentencia anula la modificación de la RPT efectuada por el Ayuntamiento, lo que obligaría a rehabilitar las unidades desmanteladas y a devolver a los agentes a dichas unidades.

Mientras que las otras dos sentencias anulaban las órdenes a los agentes de incorporarse a unidades de distrito por ser nulas, pero no reconocían el derecho a volver a una unidad desaparecida, ahora, con la sentencia del juzgado número 9 de lo Contencioso-Administrativo, la desaparición de las UCS es un acto nulo, lo que deja la puerta abierta a pedir la reincorporación de los agentes.

(SERVIMEDIA)
19 Sep 2017
NBC/pai