Cataluña. La investigación de la Fiscalía a alcaldes puede requerir al menos un suplicatorio
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La orden cursada por el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, para investigar a 712 alcaldes de Cataluña por su supuesta colaboración en la organización de la consulta independentista del próximo 1 de octubre puede requerir al menos un suplicatorio del Tribunal Supremo al Congreso de los Diputados, y otros del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al Parlamento autonómico.
Maza ha cursado una orden a los fiscales jefes de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona para que investiguen los posibles actos de colaboración llevados a cabo por 712 ayuntamientos catalanes que se han pronunciado a favor de la celebración de esa consulta y que están dispuestos a ceder espacios para hacer posible la votación.
Tras esa instrucción, En Comú Podem (integrado en Unidos Podemos), ERC, PNV, PDECat, Compromís y Bildu registraron conjuntamente en el Congreso de los Diputados la petición de comparecencia de Maza para explicar esa decisión.
Después, en rueda de prensa, el diputado del PDECat y alcalde de Tortosa, Ferran Bel, alertó de que entre esos 712 alcaldes hay parlamentarios autonómicos y, como él, en el Congreso de los Diputados, que tienen por tanto la condición de aforados. Por tanto, para ser llamados a declarar en condición de investigados o, en su caso, detenidos, tendría que existir una autorización previa de la Cámara correspondiente.
IMNUNIDAD
Según el artículo 71.2 de la Constitución, durante el período de su mandato los diputados y senadores gozan de inmunidad y sólo pueden ser detenidos en caso de flagrante delito. No pueden ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.
El siguiente punto de ese mismo artículo se establece que en las causas contra diputados y senadores es competente la sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Se da la circunstancia de que el Congreso de los Diputados ya concedió el pasado mes de noviembre el suplicatorio solicitado por el Tribunal Supremo para proceder penalmente contra el entonces portavoz del PDECat, Francesc Homs, por su implicación en la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, cuando era consejero de Presidencia de la Generalitat de Cataluña.
En el caso de los diputados autonómicos, el Estatuto de Autonomía establece que el competente en las causas contra ellos es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Bel alertó de que si la Fiscalía envía esa instrucción de manera ordinaria sin tener en cuenta esa condición de aforados de algunos de los alcaldes será una muestra más de que ese órgano está actuando "sin ningún orden y por puro interés mediático".
Esos 712 alcaldes, según la instrucción de la Fiscalía, serán investigados por contribuir a la celebración de una consulta que ha sido declarada ilegal por el Tribunal Constitucional. Serán citados a declarar ante los jueces correspondientes en calidad de investigados y con asistencia letrada, y en caso de incomparecencia se procederá a su detención por los Mossos D´Esquadra y presentación ante la Fiscalía.
La Fiscalía advierte de que la colaboración en la celebración de un referéndum declarado ilegal podría ser constitutivos de delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de fondos públicos, un delito condenado con hasta ochos de prisión. Además, la orden indica que los ediles serán citados dando preferencia a los municipios con mayor volumen de habitantes.
(SERVIMEDIA)
13 Sep 2017
CLC/MML/pai