El BOE publica la plantilla para que los bancos informen sobre la devolución de cláusulas suelo
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó hoy la plantilla que las entidades de crédito deberán remitir al Banco de España para informar sobre el procedimiento extrajudicial de devolución de cláusulas suelo.
La plantilla, acordada en la primera reunión de la Comisión de seguimiento, control y evaluación de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, dispone de 19 campos a rellenar por las entidades bancarias.
Entre esos campos se encuentran, por ejemplo, el número total de solicitudes presentadas y, dentro de ellas, aquellas pendientes de analizar, las inadmitidas, las desistidas por el cliente, las desestimadas y las estimadas.
Dentro de estas últimas, además, habrá que señalar a su vez cuántas tienen acuerdo y cuántas carecen de él, así como los importes de devolución ofertados por la entidad o acordados.
Las entidades de crédito deberán remitir la plantilla actualizada con los datos del último día de cada mes antes del día 5 del segundo mes siguiente al que se refieren los datos.
Así, las entidades deberán remitir la primera declaración, que tendrá que estar actualizada con la información acumulada correspondiente a 30 de septiembre, antes del 6 de noviembre.
El objetivo de esta plantilla es recabar información para asegurar el cumplimiento de lo previsto en el real decreto que regula el procedimiento extrajudicial para alcanzar acuerdos entre los consumidores y las entidades de crédito en materia de cláusulas suelo.
La comisión de seguimiento se reunirá de nuevo a finales del mes de noviembre con objeto de evaluar la información que se habrá recibido de las entidades de crédito y elaborar el informe a remitir con carácter semestral a la Comisión de Economía, Industria y Competitividad del Congreso de los Diputados.
(SERVIMEDIA)
31 Jul 2017
IPS/caa