Competencia insta a eliminar el visado profesional de arquitectos e ingenieros

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) valora positivamente la eliminación del visado obligatorio en 70 trabajos profesionales. No obstante, el regulador considera que debería profundizarse más en la reducción de estas cargas administrativas. En concreto, entiende que los proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicación de edificios y los del ámbito de la edificación, todavía sujetos al visado obligatorio, no están justificados.

La CNC ha hecho público su informe sobre el real decreto de obligaciones de visado colegial de trabajos profesionales, que se enmarca dentro de sus atribuciones de promoción de la competencia.

El objeto de este documento es analizar, desde el punto de vista de la competencia, el citado proyecto de real decreto, dictado como consecuencia de la adaptación de la directiva comunitaria de servicios.

En este sentido, la Comisión hace una valoración muy positiva de la eliminación del visado obligatorio en aproximadamente 70 trabajos profesionales, por cuanto supone una reducción de cargas administrativas innecesarias y de obstáculos a la competencia en la economía.

De hecho, la memoria de impacto económico del proyecto de real decreto estima en 807 millones de euros anuales el ahorro de costes asociados a esta medida.

La CNC valora de modo positivo también que el proyecto confirme que, salvo situaciones excepcionales, el visado colegial pase a tener carácter voluntario, utilizándose cuando sea demandado por Administraciones Públicas y clientes privados si lo consideran necesario.

El proyecto normativo introduce, asimismo, "mayor competencia y mayor rigor" en el desempeño por los colegios del ejercicio de visados obligatorios, al establecer que éste deba tener lugar en un marco de competencia entre colegios, por razón de materia y sin exigencia de delimitación territorial, y deba ser realizado por el colegio con sus propios medios.

No obstante, la CNC considera que, de acuerdo a los principios de buena regulación, no está suficientemente justificada la exigencia de que la revisión formal de la documentación del trabajo profesional, cuando se estime necesaria, deba ser llevada a cabo obligatoriamente a través de un visado colegial.

DUPLICACIONES

En lo que respecta a los diez trabajos profesionales en que seguirá exigiéndose el visado, se considera que existe una duplicación innecesaria de controles administrativos en determinados trabajos profesionales contratados por las Administraciones Públicas que no forman parte de la Administración General del Estado.

Se trata de los trabajos para los que la Ley de Contratos Públicos establece que es obligatorio un informe de las oficinas de supervisión de proyectos.

Por otra parte, existen cuatro casos de trabajos profesionales, dentro de los diez que de acuerdo al Proyecto de Real Decreto continuarían sujetos a visado obligatorio, para los que, o bien no se ha acreditado suficientemente la relación del trabajo profesional con el interés público a proteger, o bien el visado colegial obligatorio es "redundante, porque supondría una duplicación de controles formales sobre la documentación que integra dichos trabajos".

Estos casos son, según Competencia, los proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicación de edificios (en cuyo caso, añade la CNC, "no está suficientemente justificada la relación que estos proyectos pueden tener con la integridad física o la seguridad de las personas") y los tres trabajos del ámbito de la edificación

En estos tres (proyecto de ejecución de edificación, certificado de final de obra de edificación, proyecto de ejecución de edificación y certificado final de obra en los procedimientos de legalización de obras de edificación) el control formal de la documentación viene realizándose ya en el marco de la tramitación de las licencias urbanísticas, así como a través de los informes de idoneidad de proyectos que realizan los órganos de control técnico a los que recurren habitualmente las compañías de seguros contratadas por el promotor, concluye la CNC.

(SERVIMEDIA)
26 Mayo 2010
CCB/gja