El abogado general de la UE concluye que se puede exigir licencia a los conductores de Uber

MADRID
SERVIMEDIA

El abogado general de la Unión Europea Maciej Szpunar considera que la plataforma electrónica Uber pertenece al ámbito del transporte, de modo que se le puede obligar a disponer de las licencias y autorizaciones requeridas por el Derecho nacional.

Según informó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según dicha conclusión Uber no se debería beneficiar del principio de libre prestación de servicios que el Derecho comunitario garantiza a los servicios de la sociedad de la información.

A este respecto, el abogado general sostiene que los conductores que circulan en el marco de la plataforma Uber no ejercen una actividad propia que exista de manera independiente de dicha plataforma.

También pone de manifiesto que Uber controla los factores económicamente relevantes del servicio de transporte urbano porque impone a los conductores requisitos previos para el acceso a la actividad y su desarrollo; recompensa económicamente a los conductores que llevan a cabo un número importante de trayectos y les indica los lugares y los momentos en los que pueden contar con un número de carreras importante o tarifas ventajosas.

Asimismo, concluye que ejerce un control sobre la calidad de las prestaciones de los conductores, lo que puede llevarles incluso a ser expulsados de la plataforma, y que determina de hecho el precio del servicio.

Todas estas características, según el abogado general, excluyen que Uber pueda ser considerado un mero intermediario entre conductores y pasajeros, ya que el transporte (por tanto, el servicio no prestado por vía electrónica) es sin lugar a dudas la prestación principal y la que le confiere su sentido económico.

Por otro lado, rechaza que Uber ofrezca un servicio de vehículo compartido, ya que los pasajeros deciden el destino y a los conductores se les abona un importe que excede ampliamente del mero rembolso de los gastos ocasionados.

Las conclusiones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia. Su función consiste en proponer al Tribunal de Justicia, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa.

Los jueces del Tribunal de Justicia comienzan ahora sus deliberaciones sobre este asunto y la sentencia se dictará en un momento posterior.

Este caso nació en 2014, cuando la Asociación Profesional Élite Taxi, una organización que agrupa a taxistas de Barcelona, interpuso una demanda ante el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, solicitando que se sancionara a la empresa española Uber Systems Spain.

Concretamente, Élite Taxi considera que Uber no tiene derecho a prestar el servicio porque ni Uber Spain ni los propietarios ni los conductores de los vehículos afectados disponen de las licencias y autorizaciones establecidas en el Reglamento Metropolitano del Taxi de Barcelona.

Al considerar que la solución del litigio requería la interpretación de diversas disposiciones del Derecho de la Unión, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona decidió plantear al Tribunal de Justicia varias cuestiones prejudiciales relativas a la calificación de la actividad de Uber a la luz de ese Derecho y a las consecuencias que lleva aparejadas dicha calificación.

(SERVIMEDIA)
11 Mayo 2017
JBM/caa