700.000 PARADOS DEBERAN VIVIR CON 51.000 PEETAS AL MES EN 1998
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Los parados que cobran el subsidio asistencial, una prestación que perciben mensualmente alrededor de 700.000 personas, vivirán en 1998 con unos ingresos mensuales de 51.030 pesetas (el 75 por ciento del salario mínimo), lo que supone unos ingresos anuales de 612.000 pesetas.
El SMI, que subirá en 1998 un 2,1 por ciento para situarse en 68.040 pesetas, se utiliza como referencia para calcular la cuantía del subsidio asistencial por desempleo, que n la mayoría de los casos, salvo para los mayores de 45 años con dos o más familiares a su cargo, se fija en el 75% del SMI, excluidas las pagas extraordinarias.
Según los últimos datos disponibles del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a los que tuvo acceso Servimedia, entre enero y agosto de este año percibieron subsidios asistenciales por desempleo una media de 723.000 personas al mes (de los que 196.000 eran trabajadores eventuales agrarios), por no haber cotizado el tiempo necesario para rcibir la prestación contributiva o por haber agotado ésta.
Esto significa que alrededor de 700.000 desempleados deberán vivir el próximo año con unos ingresos económicos de alrededor de 612.000 pesetas. De este colectivo, únicamente los mayores de 45 años con dos o más familiares a su cargo percibirán un subsidio asistencial superior a esa cantidad.
Así, los mayores de 45 años que hayan agotado la prestación por desempleo de 24 meses y tengan dos familiares a su cargo percibirán un subsidio asistncial equivalente al cien por cien del SMI, sin pagas extraordinarias, lo que sitúa su cuantía en unas 816.000 pesetas en todo al año 1998.
Los parados mayores de 45 años que hayan agotado la prestación por desempleo y tengan tres o más familiares a su cargo cobrarán un subsidio asistencial del 125% del SMI, también sin pagas extraordinarias, lo que equivale a 1.020.000 pesetas.
El SMI, además de para calcular la cuantía del subsidio por desempleo, también se toma como referencia para fijar los tpes máximos y mínimos de la prestación contributiva por desempleo, así como para determinar las personas que pueden percibir ayudas a la vivienda, becas y justicia gratuita, entre otras cosas.
(SERVIMEDIA)
30 Dic 1997
NLV