Madrid. La Comunidad obliga a Gas Natural Fenosa a devolver los cobros realizados por acometidas que no debía facturar
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La Comunidad de Madrid obliga a Gas Natural Distribución a la devolución de más de 918.330 euros que esta compañía ha cobrado a los usuarios en concepto de “derechos de acometida” regulados en el Real Decreto 1434/2002, un derecho que aún estaba vigente, pues se encontraba dentro del plazo de cinco años que establece la normativa desde la rescisión del último contrato de suministro.
Esta situación fue conocida por la Comunidad de Madrid al recibir en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda un importante número de reclamaciones interpuestas por los usuarios contra Gas Natural Distribución que denunciaban este cobro indebido.
Posteriormente, la Comunidad abrió expediente informativo a Gas Natural y le requirió un listado de los puntos de suministro de gas natural ubicados en la región en los que había cobrado por dicho concepto sin tener derecho a requerir dicho pago.
Según establece la reglamentación en materia de hidrocarburos, tendrá la consideración de Derechos de Acometida la contraprestación económica por la realización del conjunto de instalaciones y/o operaciones necesarias para atender un nuevo punto de suministro de gas o para la ampliación de la capacidad de uno ya existente. Estos derechos no son nominativos al titular, sino que quedan adscritos a cada una de las instalaciones, viviendas, locales o parcelas para las que se abonaron.
La información requerida a esta compañía pone de manifiesto que viene realizando esta práctica irregular desde marzo de 2008, que los afectados ascienden a más de 9.188, y que Gas Natural habría cobrado indebidamente unos 100 euros por usuario.
Gas Natural es el mayor distribuidor de gas en la Comunidad de Madrid y hasta el pasado 1 de mayo contaba con 1.656.000 clientes. La compañía está ultimando el proceso para identificar a los clientes afectados para proceder a la devolución automática del importe indebidamente cobrado en concepto de “derechos de acometida”.
(SERVIMEDIA)
15 Mayo 2010
CDM/jal