El Supremo admite a trámite un recurso de la Generalitat de Cataluña contra Uber
- Determinará si debe someterse a la intervención administrativa del sector del transporte
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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de la Generalitat de Cataluña sobre la actividad de la plataforma Uber, por lo que establecerá si debe someterse a la intervención administrativa del sector del transporte.
Según informó el Alto Tribunal, la otra opción es que se considere que la plataforma desarrolla una actividad excluida de la ordenación de transportes y que no está sometida a licencia o autorización, por considerarse amparada por el principio de libre establecimiento y prestación de servicios que proclama la Ley de la Sociedad de la Información.
Por ello, la Sección I de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado que la cuestión planteada por la Generalitat tiene interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consistente en determinar el marco regulador de las actividades de intermediación o conexión de usuarios y servicios a través de plataformas o aplicaciones digitales.
También sobre la posibilidad, en su caso, de que estas actividades puedan ser sometidas al régimen de intervención administrativa propio de la normativa sectorial de transporte.
En consecuencia, la Sala admite por ello el recurso de casación interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la sentencia de 6 de octubre de 2016, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Barcelona, que estimó un recurso de Uber contra una multa de 4.001 euros.
Dicha multa, que impuso la propia Generalitat, fue por “la contratación como transportista o la facturación en nombre propio de servicios de transporte público de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas sin ser previamente titular de autorización de transporte”.
(SERVIMEDIA)
03 Abr 2017
JBM/caa