El decreto sobre cláusulas suelo excluye al 70% de afectados: empresarios, autónomos y comunidades de propietarios

- Según expertos que participaron en un curso sobre reclamación de productos bancarios organizado por el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid

- Creen que la norma no reducirá el colapso de los tribunales y cifran en 14.000 millones el impacto de las demandas por los gastos de la hipoteca

MADRID
SERVIMEDIA

El Real Decreto 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo aprobado por el Gobierno no conseguirá reducir el impacto previsto del número de reclamaciones que llegarán a los juzgados en los próximos meses, según expertos que han participado en un 'Curso práctico sobre reclamación de productos bancarios' organizado por el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (Coapi) de Madrid.

A ello se une, según informó el Coapi de Madrid en una nota, el aumento de los tipos de demandas para reclamar por productos bancarios, que agudizarán el colapso que ya padecen los tribunales.

Los expertos concluyen que la norma publicada en enero excluye la posibilidad de reclamar previamente a pequeños empresarios y autónomos y a otras entidades como las comunidades de propietarios, lo que representa un 70% de afectados, por lo que "se mantiene abierta la puerta al aluvión de demandas que ya se veía venir desde diciembre al conocerse la sentencia del Tribunal de Luxemburgo".

A las demandas por cláusulas suelo se unirán las que afectan a hipotecas multidivisa, a las comisiones por descubierto en cuenta o a los gastos de escrituras de hipotecas.

SALVAVIDAS PARA LA BANCA

Eugenio Ribón, abogado especialista en Derecho de Consumo y uno de los pioneros en la reclamación de productos bancarios, señaló en el citado curso que “el decreto del Gobierno parece más un salvavidas para la banca que un remedio para el maltrecho consumidor”.

Considera además que la norma “maltrata y olvida una vez más a los pequeños autónomos y modestos empresarios” y deja fuera a otras entidades que podrían reclamar, como las comunidades de propietarios.

En este sentido, indicó que el RD 1/2017 deja fuera a un 70% de afectados por las cláusulas suelo, considerando que hay 1,7 millones de préstamos con esta condición y una de cada tres familias están afectadas por ella. El decreto, al ser tan restrictivo, atenderá únicamente a un 30% de consumidores.

En consecuencia, el aluvión de demandas seguirá llegando al sector financiero, pues, precisó Ribón, “se estima un impacto para la banca de 14.000 millones de euros por las reclamaciones de los gastos hipotecarios, teniendo en cuenta que, además, en el 100% de los préstamos se han cargado los gastos a los consumidores”.

TASACIÓN

Entre estos gastos se encuentran los de tasación, que, según explicó Carlos Suárez, abogado y catedrático de Derecho Civil, “si el tasador lo elige el banco en una cláusula no negociada, le corresponde pagarlo a la entidad”.

Sobre las hipotecas multidivisa, Javier Puyol, abogado especialista en Derecho Bancario, apuntó que se suelen incluir comisiones que no se reflejan en la escritura del préstamo, lo que afectaría al principio de “transparencia”.

Beatriz Moreno, letrada del Consejo Arbitral para el Alquiler de la Comunidad de Madrid, defendió la aplicación del procedimiento arbitral a las cláusulas suelo. Aunque a día de hoy es una hipótesis, considera que si finalmente se produce tendría grandes ventajas para el consumidor, pues es un procedimiento más rápido (dos meses frente a 20 en la vía judicial) y hasta un 40% más económico que el coste de acudir a los tribunales.

(SERVIMEDIA)
23 Feb 2017
r/caa