Madrid. Un conductor recupera todos sus puntos al recurrir multas por semáforo ‘foto-rojo’
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Un automovilista ha logrado recuperar ocho puntos y librarse de pagar 400 euros de multa después de que los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo números 25 y 29 de Madrid hayan dictado dos sentencias que le dan la razón frente al Ayuntamiento de Madrid, que le denunció por rebasar presuntamente dos veces en menos de 10 días el semáforo ‘foto-rojo’ situado en el número 83 de la avenida del Cardenal Herrera Oria.
El conductor fue defendido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que ha conseguido, además, que el consistorio madrileño pague las costas de los procesos judiciales, según informó hoy esta organización de defensa de los conductores.
Desde el primer momento, el conductor negó que hubiera cometido las infracciones que se le atribuían y le resultó extraño que en menos de 10 días se le hubieran formulado dos denuncias por el mismo motivo y en el mismo lugar, por lo que puso el caso en manos de los servicios jurídicos de AEA, dado que con estas sanciones estaba a punto de agotar su saldo de puntos y, con ello, de perder su permiso de conducir.
El Ayuntamiento de Madrid desoyó por rutina informática las alegaciones que se le plantearon respecto a que en ninguna de las fotografías obtenidas por el sistema ‘foto-rojo’ se podía identificar la marca y la matrícula del vehículo que en ellas aparecía, y confirmó las dos sanciones de 200 euros cada una y la detracción de ocho puntos, que fueron recurridas con éxito por los letrados de AEA ante los tribunales.
Las sentencias coinciden en señalar en que “la única prueba de cargo del hecho imputado son las fotografías”. “No es posible deducir con certeza que rebasara el semáforo en fase roja, ni por la coloración de la luz del semáforo, ni por la posición de la lente que la emite, dado que por las condiciones climatológicas o por la iluminación ambiental en el momento de actuación del dispositivo fotográfico, que captó la imagen, no permiten determinar con precisión de cual de las tres lentes procede la luz del semáforo que por su posición permita determinar, como en otros casos, que proviniera de la lente superior. Aparte de que las fotografías no permiten tampoco identificar la marca y matrícula del vehículo que aparece en ellas”, apunta una de las resoluciones judiciales.
Respecto de la sentencia dictada por el Juzgado número 25, subraya que, “al no poderse leer en la fotografía captada, que obra en el expediente administrativo (...), la matrícula del vehículo con el que se afirma se cometió la infracción, surge la duda de si realmente el recurrente cometió la infracción”.
En este caso, el conductor sancionado no sólo ha recuperado los ocho puntos detraídos por estas dos infracciones, sino la totalidad de su saldo de puntos, es decir, 12, porque estas sanciones, al haberse producido antes de transcurrir dos años desde la última cometida, impedían la recuperación total de sus puntos, que al anularse borra todos antecedentes desfavorables.
Las sentencias recalcan que se anulan las sanciones impuestas por el Ayuntamiento de Madrid, con devolución de los puntos detraídos, al “estimar infringido el principio constitucional de presunción de inocencia”.
EL DOBLE DE MULTAS
Por otro lado, AEA señaló que el Ayuntamiento de Madrid más que duplicó el año pasado las denuncias por rebasar un semáforo en fase roja, formuladas mediante un sistema automatizado de control de infracciones, al pasar de 21.749 de 2015 a 51.357 en 2016. El valor económico de las multas de un año a otro ha pasado de 4.439.800 a 10.271.400 euros.
AEA indicó que va a volver a solicitar a la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, que suspenda la utilización de este sistema “en tanto no se garantice su correcto funcionamiento”, puesto que sobre su legalidad se han pronunciado varios jugados, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo.
(SERVIMEDIA)
15 Feb 2017
MGR/caa