Las cotizadas desglosarán en su informe anual el impacto del 'Brexit' y las cláusulas suelo
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Las empresas cotizadas y las emisoras de valores tendrán que incluir en sus informes anuales de 2016 el impacto del 'Bréxit', así como la retroactividad de las cláusulas suelo, según informó hoy la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Así consta en un documento hecho público hoy por la CNMV que detalla la labor de supervisión del organismo sobre las cuentas anuales auditadas remitidas por las empresas, así como el plan de supervisión para 2016.
Además, también tendrán que tener en cuenta los efectos del deterioro de activos no financieros, así como el impacto contable de las modificaciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades o los cambios en la amortización de los activos intangibles en cuentas individuales.
La CNMV explica que, al igual que en los cuatro últimos ejercicios, los supervisores nacionales de la UE han acordado unas prioridades comunes de revisión para los estados financieros del ejercicio 2016.
De este modo, las áreas prioritarias en las que se centrará la revisión se refieren a la presentación del rendimiento financiero; la clasificación de los instrumentos financieros como pasivo o como patrimonio neto; y los desgloses del impacto en los estados financieros de las nuevas normas internacionales de contabilidad.
En este punto, recuerdan a los emisores "potencialmente afectados" por la salida prevista de Reino Unido de la Unión Europea, la necesidad de evaluar y desglosar los riesgos asociados y los impactos esperados en sus estados financieros por el “Brexit”.
AUDITORÍA
Por otro lado, la CNMV apunta que recibió 317 informes de auditoría sobre las cuentas de 2015 que se corresponden con 170 entidades emisoras de valores. Los datos muestran que el porcentaje de auditorías con opinión favorable se mantuvo estable, en el 97,5%, (97,9% en 2014).
Por octavo año consecutivo, todos los informes de auditoría de las sociedades del Ibex 35 presentaron opinión favorable.
En 2015, siete informes de auditoría presentaron limitaciones al alcance (seis en 2014), correspondientes a cuatro emisores. Este tipo de salvedades reflejan que el auditor no ha podido aplicar los procedimientos requeridos por las normas técnicas de auditoría al no disponer de información para formarse una opinión.
Por último, los informes especiales de auditoría recibidos durante 2016, que también están a disposición del público en la web de la CNMV, actualizaron las circunstancias que dieron lugar a las salvedades expresadas por el auditor. De esta manenra, el informe de auditoría de una entidad tuvo opinión denegada.
(SERVIMEDIA)
06 Feb 2017
GFM/gja