ETA. La Audiencia Nacional remite al País Vasco la causa por los delitos económicos de “Egunkaria”

- Por falta de competencia

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha decidido remitir a los juzgados de San Sebastián la causa abierta para investigar los supuestos delitos contra la Hacienda Pública presuntamente cometidos por los responsables del diario “Egunkaria”, al entender que los hechos no tienen conexión con el terrorismo de ETA y, por lo tanto, no son de su competencia.

El Juzgado Central de lo Penal ha tomado esta decisión después de que la Sala de lo Penal decidiera el pasado 14 de abril absolver a los cinco máximos responsables del diario vasco "Egunkaria", quienes estaban acusados en una causa aparte de trabajar a las órdenes de ETA y de poner el periódico al servicio de la banda terrorista.

En el auto dictado hoy, el titular del Juzgado Central de lo Penal, el magistrado José María Vázquez Honrubia, estima la cuestión de competencia interpuesta por la Fiscalía y acuerda inhibirse a favor de los juzgados penales de Guipúzcoa. En concreto, remite la resolución al Juzgado Decano de San Sebastián “para su reparto a quien por turno corresponda”.

La causa por los presuntos delitos económicos de “Egunkaria” se encontraba a la espera de enjuiciamiento ya que el 11 de agosto de 2009 se dictó apertura de juicio oral contra el presidente del Consejo de Administración de "Egunkaria", Juan María Torrealday, y otros siete directos del diario.

La asociación Dignidad y Justicia les acusaba de presuntos delitos de falseamiento de la contabilidad de los registros fiscales correspondientes a los años 1998, 1999, 2000 y 2001, de falseamiento de las condiciones para la concesión de subvenciones públicas de los mismo años y de un delito contra la Hacienda Pública por defraudación del IVA correspondiente a los años 2000 y 2001. En total, la acusación cifró en 5.481.832 euros el perjuicio provocado por “Egunkaria” a la Hacienda Pública.

El pasado 14 de julio, la Fiscalía solicitó la inhibición de la Audiencia Nacional al entender que no es competente para enjuiciar el caso por tratarse de simples delitos contra la Hacienda Pública.

Vázquez Honrubia da la razón a la Fiscalía y señala que “es evidente que la Audiencia Nacional no es competente para el enjuiciamiento de los delitos por los que se ha abierto juicio oral”, ya que los mismos no están comprendidos dentro de las competencias de la Audiencia Nacional.

El auto destaca que, “curiosamente, ni siquiera la acusación popular enlaza la presunta defraudación fiscal con hechos que permitan concluir ni indiciariamente que esta actividad defraudatoria fuera encaminada a financiar a ETA”.

(SERVIMEDIA)
05 Mayo 2010
DCD/caa