El Gobierno dará hasta 15.120 euros por casa destruida por el temporal de Levante

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un acuerdo por el que declara “zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil” las comunidades autónomas de Baleares, Comunidad Valenciana y Murcia, así como las provincias de Albacete y Almería, con motivo de las inundaciones que se produjeron en los últimos días debido a un temporal de lluvia, mar y viento, y adopta las medidas para reparar los daños causados, que serán de hasta 15.120 euros de ayuda por casa destruida.

Las ayudas serán las habituales por daños personales y materiales en situaciones catastróficas similares y, a iniciativa de los ministerios competentes, se concretarán los beneficios fiscales y las medidas laborales y de Seguridad Social previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil.

En este caso, el Consejo de Ministros dio luz verde un elenco mayor de medidas respecto a las aprobadas recientemente con motivo de las inundaciones acaecidas en Cádiz, Huelva, Málaga, Castellón, Valencia y Alicante del pasado puente de la Constitución y de la Inmaculada, y los daños ocasionados por el pedrisco en Badajoz el pasado mes de julio.

No obstante, la aplicación del acuerdo de hoy se extiende a las inundaciones de hace 15 días, para así adoptar el mismo tipo de medidas ante siniestros similares.

TIPOS DE AYUDA

Las ayudas competencia del Ministerio del Interior son por daños personales, a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad, a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes, a los titulares de establecimientos y compensaciones a las corporaciones locales.

Respecto a las cuantías de las ayudas, son de 18.000 euros por fallecimiento o incapacidad permanente; 2.580 por destrucción o daños en enseres; hasta 8.000 para establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.

En cuanto a los perjuicios en las viviendas, las cuantías ascienden a un máximo de 15.120 euros por destrucción total; el 50% de los daños con un máximo de 10.320 euros por efectos en la estructura; el 50% con un máximo de 5.160 euros por daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios, y 2.580 euros por destrucción o daños en los enseres de primera necesidad.

Sobre los beneficios fiscales, se prevé la exención de las tasas a la hora de tramitar las bajas de vehículos y cuando se proceda a la expedición de los permisos de conducción o circulación.

En lo que se refiere a las medidas que son competencia de otros ministerios, la efectividad de estas ayudas quedará condicionada a la aprobación por parte de los titulares de cada uno de los diferentes departamentos ministeriales. El acuerdo del Consejo de Ministros señala que, “teniendo en cuenta que los siniestros se han producido recientemente, aún no se han podido cuantificar de manera definitiva los daños producidos”.

(SERVIMEDIA)
23 Dic 2016
MGR/gja