Garzón declara hoy como imputado en el Supremo por las escuchas del “caso Gürtel”

MADRID
SERVIMEDIA

El instructor del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro ha citado a declarar hoy como imputado al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, en el marco de la causa que investiga si cometió un delito de prevaricación cuando ordenó grabar las conversaciones que mantuvieron en la cárcel los principales imputados en la trama de corrupción del “caso Gürtel” y sus abogados.

Esta es la primera vez en la historia que el Tribunal Supremo imputa en tres causas penales consecutivas a un mismo juez. Garzón ya está siendo investigado en el Alto Tribunal por su investigación de los crímenes del franquismo y por las subvenciones que recibió del Banco Santander para impartir unos cursos en Nueva York.

La providencia dictada por el magistrado Barreiro cita a Garzón para hoy a las 10.30 horas para que declare “en calidad de imputado”.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, en el auto dictado el 25 de febrero por el que admitieron a trámite esta nueva querella, aseguraron que existen “dudas que se proyectan, cuando menos, sobre la legalidad” de las resoluciones adoptadas por Garzón y añadieron que “las hipótesis incriminatorias planteadas por el querellante no parecen hasta tal punto absurdas y carentes de sentido que hayan de ser desestimadas“.

La querella contra Garzón fue interpuesta por el abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Peláez, defensor del empresario José Luis Ulibarri, imputado en la trama de corrupción del “caso Gürtel”. El letrado acusa a Garzón en su querella de haber cometido un delito de prevaricación al haber ordenado intervenir las conversaciones entre los imputados que se encontraban en prisión y sus abogados.

En concreto, el ex fiscal se refiere al auto dictado por Garzón el 19 de febrero de 2009 con el que ordenó a la policía la intervención de las comunicaciones orales y escritas que mantuvieron en prisión los tres principales imputados del “caso Gürtel”, Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez, incluyendo las efectuadas con sus abogados

SÓLO PARA TERRORISMO

El juez Garzón acordó esta medida al amparo del artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que establece que “las comunicaciones de los internos con el abogado defensor expresamente llamado en relación con asuntos penales se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo”.

Los magistrados subrayaban en su auto que tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como la del Tribunal Constitucional establecen que estos dos requisitos para intervenir las conversaciones que mantienen los presos con sus abogados “no son alternativas sino acumulativas”.

Es decir, que las intervenciones sólo pueden ser acordadas en los casos de terrorismo, una circunstancia que no se cumplía en el caso de los imputado del “caso Gürtel ”, acusados de delitos de blanqueo de capitales, falsedad documental, cohecho, fraude fiscal, asociación ilícita y tráfico de influencias.

En base a estos mismos argumentos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) decidió el pasado 25 de marzo anular todas las escuchas de las conversaciones mantenidas en prisión entre los principales imputados del “caso Gürtel” y sus abogados.

(SERVIMEDIA)
10 Mayo 2010
DCD/caa