Madrid. Aprobado un anteproyecto con medidas para ahorrar 567 millones a los madrileños
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El Gobierno regional aprobó hoy un anteproyecto de Ley que contiene importantes medidas fiscales de fomento de la actividad económica para luchar contra la crisis económica, que supondrán un ahorro estimado a los madrileños de 56,7 millones de euros, explicó su portavoz, Ignacio González, quien señaló que también incluye la modificación de la norma sobre el acceso de las personas ciegas o con deficiencia visual usuarias de perro guía, atribuyendo la competencia sancionadora a la Consejería de Economía y Hacienda.
Dijo que esta ley garantiza a las personas usuarias de perro guía el libre acceso a los lugares públicos o de uso público, con independencia de que su titularidad sea pública o privada.
Si se incumple esta ley, será la Dirección General de Consumo la competente a la hora de proponer las sanciones.
Dijo que este anteproyecto, que será remitido al Consejo Económico y Social, incluye las propuestas que formuló la presidenta regional, Esperanza Aguirre, en el pasado debate sobre la crisis, en la Asamblea de Madrid.
Informó de que se crean dos nuevas deducciones fiscales en el IRPF destinadas a apoyar a los emprendedores madrileños y se eleva la cantidad exenta de tributación en el IRPF, los mínimos personales y familiares, a las familias numerosas.
A través de la Ley de Medidas Fiscales para el fomento de la actividad económica, la Comunidad pretende hacer uso de la competencia que le permite el nuevo sistema de financiación autonómica para poder subir o bajar en un 10% el importe del mínimo personal y familiar.
El mínimo personal y familiar es la parte de las rentas obtenidas que no se somete a tributación porque se entiende que se destina a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente.
Así, el mínimo personal y familiar se elevaría, por el tercer hijo, desde
3.672 euros, recogidos actualmente en la normativa estatal, a 4.039,20 euros y, por el cuarto hijo, de 4.182 euros a 4.600,20 euros.
Este incremento del mínimo personal y familiar generaría para una familia de tres hijos, un ahorro en la cuota de 44 euros, 22 para cada uno de los cónyuges.
En el caso de una familia con cuatro hijos, el ahorro alcanzaría los 140 euros, es decir, 70 euros para cada uno de los cónyuges.
El coste aproximado de esta medida se estima en 30,1 millones de euros.
La nueva deducción en el IRPF para emprendedores menores de 35 años, por importe de 1.000 euros, supondrá un ahorro para los contribuyentes de 26,6 millones de euros.
De esta forma, un joven emprendedor que inicie un negocio desde el pasado 23 de febrero, día en que se anunció la medida, hasta el 31 de diciembre, se podrá ahorrar 1.000 euros en su declaración de la renta.
A estos efectos, se considera joven emprendedor al contribuyente menor de 35 años, que cause alta por primera vez en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y que desarrolle su actividad principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid, manteniéndose durante al menos un año en dicho registro.
Esta Ley recoge, asimismo, una nueva deducción que favorece a las empresas innovadoras.
Así, los contribuyentes que inviertan en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), la Bolsa en la que cotizan las empresas de menor dimensión, podrán deducirse hasta el 20% de la inversión realizada en el IRPF, con un límite de deducción de 10.000 euros anuales (equivalente a una inversión de 50.000 euros).
Para evitar inversiones especulativas, la deducción requiere que el contribuyente mantenga las acciones en su patrimonio personal durante un periodo de dos años, como mínimo.
Para beneficiarse de la deducción, las inversiones deben realizarse entre el 23 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2010.
El objetivo de esta deducción es favorecer que las empresas de menor dimensión, que no tienen suficiente tamaño para cotizar en la Bolsa y que también se ven afectadas por la crisis, puedan obtener capital de los inversores a través del Mercado Alternativo Bursátil.
El proyecto de Ley también amplía el plazo mínimo de duración de las autorizaciones municipales de venta ambulante, que pasa de cinco a quince años como mínimo.
Con esta medida se pretende generar una mayor estabilidad laboral en el colectivo de venta ambulante al ampliarse el margen temporal para amortizar sus inversiones.
(SERVIMEDIA)
29 Abr 2010
SMO/lmb