Aspaym Madrid y la FLM acuerdan con Amigo24 poner a disposición de los usuarios material de movilidad personal

MADRID
SERVIMEDIA

Aspaym Madrid y la Fundación del Lesionado Medular (FLM) han acordado con la empresa Amigo24 poner a disposición de los usuarios material de movilidad personal. Mediante la firma de un convenio, los usuarios y socios de ambas entidades podrán disponer de instrumentos de ayuda en alquiler o sustitución.

La directora gerente de la FLM y gerente de la Asociación de Personas con Lesión Medular y otras Discapacidades Físicas (Aspaym Madrid), Susana Martín, ha firmado el convenio de colaboración con Amigo24, representada por Víctor Matesanz y Colin Paddington, para poner a disposición de los usuarios de ambas entidades material destinado a favorecer su movilidad personal.

Mediante este convenio, la FLM y Aspaym Madrid dispondrán de material en alquiler y material en sustitución en condiciones beneficiosas para sus usuarios y socios, de forma que se pueda asegurar el acceso de estas personas a este material de primera necesidad para ellas.

Amigo24 es una empresa dedicada a la comercialización y alquiler de material de movilidad personal. Su objetivo es mejorar la calidad de vida de las personas con movilidad reducida y poner a su disposición los últimos avances en tecnologías de movilidad y ayudas técnicas.

Según sus representantes, “mediante la firma de este convenio queremos ofrecer las ayudas personalizadas, entrevistándonos con los propios usuarios o usuarias, y no a través de un catálogo. Así podremos tener claro qué es lo que necesitan, cómo y cuándo”.

Por su parte, Susana Martín se mostró satisfecha con esta nueva alianza, “que cubre un sector del mercado actualmente con mucha demanda pero poca oferta, que es el alquiler de este tipo de material para personas con movilidad reducida que han de desplazarse”.

Desde su creación, Amigo24 desarrolla su actividad en la Comunidad Valenciana, Región de Murcia y parte de Andalucía, ofreciendo material de ayuda a la movilidad para personas que lo requieran o bien de forma definitiva o por un periodo determinado ocasionado por desplazamientos eventuales que no permiten al usuario o usuaria disponer de todas las ayudas que tiene en su domicilio habitual, como sillas de ruedas de reemplazo tanto manuales como eléctricas, grúas o sillas de baño, entre otros.

(SERVIMEDIA)
02 Dic 2016
AGO/caa