Absuelto el 'francotirador' que afirmó poder atentar contra el Rey por usar armas “inutilizadas”
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Audiencia Nacional ha absuelto a Santiago Sánchez Ramírez de los delitos de depósito de armas y municiones de guerra y otro de tenencia de armas de fuego sin licencia. Se trataba de las armas con las que, según dijo en el juicio, podría haber atentado contra el rey Felipe VI durante su proclamación, porque lo tuvo encañonado con armas inutilizadas desde la ventana de un hotel cercano al Congreso de los Diputados.
Los hechos ocurrieron el 19 de junio, cuando el rey Felipe VI estaba a punto de ser proclamado en el Congreso. En ese momento, Sánchez, pertrechado de una cámara y simulaba que apuntaba al Monarca con una mira telescópica e imitaba el ruido de unos disparos.
La Fiscalía solicitaba para él nueve años de cárcel y diez de pérdida del derecho a tener o portar armas. La simulación de los disparos dirigidos contra la comitiva real en la que iban también las dos hijas del Monarca se colgó en Youtube bajo el título 'El asesinato de Felipe VI el día de su coronación'.
Además, el 26 de abril de 2014 Sánchez Ramírez publicó otro vídeo en ese mismo portal titulado 'El día que pude asesinar al Rey'. En la grabación de hora y cuarto de duración, el acusado relataba "de manera profesional y como si se tratara de un reportaje de investigación sobre la facilidad con la que resultaría en nuestro país atentar contra el Rey y otras altas personalidades", según el escrito de acusación del Ministerio Público.
Ese vídeo contenía imágenes del desfile de la Fiesta Nacional del 12 de octubre de 2012 que fueron tomadas desde una habitación del hotel Palace que daba a la plaza de Neptuno, donde estaba situada la tribuna desde la que el Rey presenció el desfile militar.
El acusado, que era vigilante jurado de profesión, poseía licencia de armas y, según indica la sentencia, “no se ha acreditado que el procesado tuviera un número de armas superior al permitido, estando inutilizadas todas ellas, a excepción de un rifle Samopal, que tenía bajo licencia.”.
Según la Sección Primera de la Sala de lo Penal no existe el delito de depósito de armas y municiones de guerra porque para ello, el arma usada debía ser automática y la de propiedad de Sánchez podía ser adquirida “en el mercado lícito bajo la modalidad de disparo a disparo”.
En cuanto a la tenencia ilícita de armas, el tribunal recuerda que el arma debe estar “en condiciones de disparar (…) lo que en el presente caso no concurre en la mayor parte de las armas, y en concreto en las armas de airsoft, siendo únicamente aplicable a un fusil Samopal, que el procesado llevó a la intervención de armas, cuando le fue requerido”.
En el vídeo, el acusado repetía que habría podido matar al Rey ante la falta de medidas de seguridad, y hacía ver que desde la ventana le apuntaba con un rifle. El Monarca aparecía con la sobreimpresión de una diana, como si el asesino simulado estuviera mirando a través de la mirilla telescópica de su fusil. De fondo se oía el sonido de un disparo.
La Policía lo detuvo el 30 de julio de 2014 en su domicilio de Torrejón de Velasco (Madrid). Durante los registros, en su casa y en una nave industrial, los agentes se encontraron con un arsenal de pistolas, fusiles, visores, miras telescópicas, cargadores, munición... El acusado tenía permiso de armas para utilizarlas.
(SERVIMEDIA)
29 Nov 2016
SGR/gja