ETA. 46 años de cárcel para el etarra Zurutuza por un doble asesinato cometido en 1982
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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 46 años y ocho meses de cárcel al etarra José Antonio Zurutuza, alias “Apullo”, por el asesinato en 1982 del delegado de Telefónica en San Sebastián, Enrique Cuesta, y de su escolta, el policía Antonio Gómez.
Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, presididos por Javier Gómez Bermúdez, han encontrado a Zurutuza culpable de dos delitos de asesinatos terroristas, según la sentencia hecha pública hoy.
Además de los 46 años y ocho meses de cárcel, Zurutuza tendrá que pagar una indemnización de 1.000.000 de euros a los familiares de las víctimas y no podrá acercarse a ellos por un periodo de cinco años tras cumplir la condena.
El tribunal considera probado que el etarra, antiguo miembro de los Comandos Autónomos Anticapitalistas, recibió la orden de la cúpula etarra de asesinar a Cuesta aprovechando para ello la información recabada por el terrorista Román Agra –fallecido y ya juzgado por estos hechos- y otro etarra no identificado.
En la mañana del 26 de marzo de 1982, Agra, Zurutuza y el otro terrorista se desplazaron en un vehículo SEAT 850 robado hasta la Avenida Sancho El Sabio de San Sebastián.
Sobre las 15.00 horas, mientras Agra permanecía en el vehículo, Zurutuza y el otro etarra se acercaron por la espalda al delegado de Telefónica, que caminaba por la calle. Los etarras dispararon rápidamente sobre Cuesta y Gómez, quienes fallecieron de forma casi inmediata.
Zurutuza fue detenido en Francia el 17 de octubre de 2002 y las autoridades judiciales francesas acordaron su extradición a España el 9 de noviembre de 2006.
Los magistrados de la Sección Primera consideran que el doble asesinato cometido por Zurutuza no ha prescrito. La sentencia señala que el 18 de octubre de 2002 la Audiencia Nacional pidió a Francia la extradición de Zurutuza –medida que fue cursada por el Gobierno el 5 de diciembre de ese año-, una solicitud que interrumpió el plazo de prescripción, fijado entonces en 20 años para los delitos de asesinato. La sentencia ha contado con el voto particular del magistrado Ramón Sáez Valcárcel.
(SERVIMEDIA)
22 Abr 2010
DCD/lmb