Inmigración. Jueces y Fiscalía General tienen al CIE de Aluche en el punto de mira

MADRID
SERVIMEDIA

El funcionamiento del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche (Madrid) ha sido objeto en los últimos años de informes negativos por parte de los tribunales de justicia y de la Fiscalía.

En su Memoria Anual de 2015, la Fiscalía General del Estado afirma que el centro de Aluche presenta un “deterioro progresivo de las instalaciones”.

Menciona en concreto “un inadecuado sistema de apertura y cierre de puertas en las habitaciones, defecto que exige una urgente mejora”.

También denuncia “una irregular custodia de las grabaciones realizadas en el interior de las dependencias de tal suerte que en ocasiones estos registros no han estado disponibles cuando han sido requeridos”.

La memoria ve preciso superar la deficiente comunicación de los internos con el exterior mediante la dotación de una centralita automática para la recepción de llamadas, así como facilitar un numero de minutos semanales de llamadas gratuitas para paliar las diferencias entre aquellos que cuentan con recursos y los internos sin recursos que no pueden mantener contactos telefónicos al no poder adquirir las tarjetas que se precisan.

La mejora en el sistema de comunicación entre interno y letrado es también una “antigua aspiración en el CIE de Aluche”, indica la Fiscalía, que también pide la “dotación de mayores zonas de ocio y esparcimiento al aire libre” en estas dependencias del barrio de Aluche.

PETICIÓN EN VANO

En su último informe sobre la situación de los CIE en España, el Servicio Jesuita a Migrantes hace mención a un reciente auto del Juzgado de Instrucción de control del CIE de Aluche en el que recuerda al director la obligación de notificar a las personas internas con una antelación de 12 horas el momento en que se va a producir la expulsión, el número del vuelo, la hora de llegada y la ciudad de destino. El juez ya pidió esto mismo sin éxito en 2012.

El auto del juez también exige que a los internos “se les deberá facilitar en ese lapso de tiempo los medios necesarios para poder realizar llamadas telefónicas con la finalidad de avisar a sus parientes o conocidos en España o de su país de su llegada, a fin de posibilitar la organización del regreso”.

Ordena la autoridad judicial “que no computen las horas nocturnas dentro del plazo mínimo de notificación” y que “impida que las personas que vayan a ser expulsadas sean aisladas, permitiendo a dichas personas ducharse o asearse y proporcionándoles, como mínimo, desayuno o alimentación”.

El juez llega a afirmar en el auto que las condiciones a las que se somete a los internos durante las horas previas a la expulsión “suponen un desconocimiento del significado y alcance constitucional que exige el respeto a la dignidad humana de las personas, que son seres humanos y no mercancías o bultos”.

(SERVIMEDIA)
19 Oct 2016
JRN/caa