El juez Velasco cita a Granados para decidir si prorroga su prisión provisional

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, que investiga el 'caso Púnica', ha fijado la vista para decidir si prorroga la prisión provisional para el exnúmero dos del PP en la Comunidad de Madrid Francisco Granados, que se encuentra en la prisión de Estremera (Madrid) desde el 27 de octubre de 2014. Para ello, escuchará al exdirigente popular antes de acordar la prolongación de su internamiento o su libertad provisional.

La ley establece en dos años el límite de la prisión provisional, aunque permite que esa situación se prorrogue por dos años más atendiendo a la gravedad de los delitos.

Granados, que cumple esos dos años a finales de octubre, ha solicitado en cuatro ocasiones su libertad y en todas ellas la petición ha sido rechazada con el apoyo de la Fiscalía Anticorrupción por riesgo de fuga.

El artículo 505 de la Ley de Enjuicimiento Criminal establece en dos años el tope de la prisión provisional, siempre que los delitos que se atribuyan al investigado estén castigados con penas superiores a los tres años de prisión. En su artículo 504.2, la norma contempla que una vez cumplido ese plazo, el juez instructor puede acordar “una sóla prórroga de hasta dos años” si aprecia que sigue existiendo riesgo de fuga, capacidad para la destrucción de pruebas o posibilidad de reincidencia.

Granados solicitó por última vez su libertad en julio pasado, alegando que tiene “arraigo” en el país al ser “ciudadano español” y que tenía escasas posibilidades de destruir pruebas o de incurrir en delitos similares por ser “poco probable” que ocupara de nuevo un “puesto como funcionario público”.

Sin embargo, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó la excarcelación del que fuera secretario general del PP madrileño y consejero autonómico, al considerar que hay "serios indicios" de que se valió de su puesto para "crear una cadena de deleznables favores y conductas impropias de un buen gestor público".

Poco antes, en el mes de junio fue rechazada una petición similar por el juez instructor del caso, Eloy Velasco. Al igual que el magistrado, la Sala consideró que hay indicios de que el exresponsable político pudo incurrir en delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, falsificación documental, cohecho, delito contra la Hacienda pública, tráfico de influencias, cohecho, malversación y prevaricación.

A su juicio, hay indicios de que Granados creó una "cadena deleznable de favores" dentro de una trama delictiva "presuntamente dedicada a mover voluntades con fines de obtención de cuantiosos beneficios ilegales en la contratación pública amañada y en la espuria recalificación de terrenos, cuyo dinero era en parte trasladado a paraísos fiscales buscando su opacidad".

Esta actuación ocasionaba "el consiguiente perjuicio al erario público y a la buena administración de la colectividad, fomentando detestables actitudes corruptas en el ámbito empresarial público y privado".

La Sala no consideró en ese momento descartable que Granados tuviera patrimonio oculto dentro y fuera de España, por lo que el riesgo de fuga aumenta, máxime si se tiene en cuenta "su capacidad para mover o comprar voluntades", así como la posible ocultación de pruebas.

INDICIOS OBJETIVOS

El juez Velasco ya rechazó el pasado 8 de junio la excarcelación del que fuera secretario general del PP madrileño, ante los “potentes indicios y datos objetivos de la recepción de dinero por este investigado para una posible financiación del Partido Popular”.

En un auto el juez se oponía a la libertad de Granados. Velasco indicaba en el auto de tres folios que “está analizándose en este momento una ingente cantidad de documentación tanto en soporte físico como digital, intervenida en los últimos registros realizados, documentación que está proyectando potentes indicios y datos objetivos” de una posible financiación irregular del PP.

Granados es el único de los investigados en relación con la 'trama Púnica' que continúa en prisión, donde ingresó en octubre de 2014. El juez entendía que la necesidad de tomar declaración a más testigos y de identificar las relaciones con los adjudicatarios de obra pública “hace necesario el mantenimiento de la medida cautelar de prisión”.

(SERVIMEDIA)
02 Oct 2016
SGR/gfm/caa