Cataluña. El TC suspende la declaración de ruptura del Parlamento de Cataluña
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) acordó este lunes suspender la declaración por la que el Parlamento de Cataluña dio la semana pasada el pistoletazo de salida al proceso de independencia y ha abierto la puerta para adoptar medidas, en caso de ser necesario, como la imposición de multas o la apertura de un proceso penal contra los impulsores de esta iniciativa, como pedía el Gobierno.
Tras hora y media de reunión, los once magistrados que componen el Pleno decidieron por unanimidad requerir a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a los miembros de la Mesa y al secretario general de la Cámara para que en un plazo de 20 días informen sobre el cumplimiento por su parte de la sentencia del pasado mes de diciembre que dejaba sin efecto la declaración independentista del pasado 9 de noviembre, “a efectos de la eventual adopción por el Tribunal de las medidas previstas en el artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional”.
Este es el trámite previo para la posible imposición de una multa de 3.000 a 30.000 euros, la suspensión de funciones o la exigencia de responsabilidades penales para los impulsores de la iniciativa independentista.
El Gobierno en funciones solicitó al Constitucional que deduzca el “tanto de culpa” y los posibles delitos en los que haya podido incurrir “ya” la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell, al dar trámite en el orden del día de esta institución a discutir sobre una resolución que somete a votación el debate sobre la ‘desconexión’ de esta autonomía con el Estado español.
El Gobierno reclamó la “nulidad y suspensión inmediata” de los efectos de la resolución del Parlament y pidió al Alto Tribunal requerimientos a Forcadell, a los miembros de la Mesa, a su secretario general y hasta el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont.
Estos requerimientos tenían como fin dar traslado a estas personas de que “se abstengan de realizar cualquier actuación que suponga incumplir resoluciones del TC y dar trámite y cobertura a la resolución impugnada”. Asimismo, se reclamaba que se les advirtiera de que si no lo hacen, “pueden incurrir en multas o suspensión de sus funciones”.
ADVERTENCIA DE RESPONSABILIDADES
Ante esta situación, el TC decidió suspender la vigencia y aplicación de la resolución 263/XI del Parlamento de Cataluña, que inicia el proceso de desconexión con España, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno del artículo 161.2 de la Constitución.
Este precepto constitucional establece que “el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición recurrida, pero el tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.
El Alto Tribunal también acordó notificar esta resolución a Forcadell, a los demás miembros de la Mesa y al secretario general del Parlamento de Cataluña, así como al presidente y demás miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat.
El Pleno advierte a todos ellos “de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en que pudieran incurrir”.
Por último, el Pleno del TC acordó dar a ambas partes un plazo de 20 días para que, de acuerdo con el artículo 92.1.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, formulen las alegaciones que estimen convenientes.
(SERVIMEDIA)
01 Ago 2016
MST/caa