La CNMC concluye que la luz debería costar 5 euros más al año para cubrir el margen de comercialización
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que el margen mínimo de comercialización de la electricidad debería ser de 5,24 euros por kilovatio contratado y año en el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), frente a los 4 euros establecidos en la normativa vigente, lo que supondría para una familia media una subida de 5 euros al año.
Así se recoge en el 'Informe sobre el margen comercial que corresponde aplicar a la actividad de comercialización de referencia para realizar el suministro de energía eléctrica a precio voluntario del pequeño consumidor y a tarifa de último recurso en el sector de gas natural', elaborado por la CNMC.
La normativa que fijó el sistema de tarifas reguladas para el suministro de la energía eléctrica estableció que para el cálculo de estos precios, fijados por el Gobierno, se tendría en cuenta el coste de la energía, los peajes de acceso y cargos que correspondan y los costes de comercialización.
En el caso del PVPC, ese margen de comercialización, que permanece invariable desde 2009, se mantuvo en 4 euros/kW y año (15,8 euros por cliente y año).
En marzo de 2014, la CNMC realizó un informe en el que advirtió al Gobierno de que el margen de comercialización era insuficiente para cubrir esos costes de comercialización.
Además, en enero de 2015, cuando la CNMC informó sobre la orden de peajes, reiteró que el margen de comercialización resultaba insuficiente.
Por otra parte, en 2015 el Tribunal Supremo dictó sendas sentencias tras los recursos presentados por Gas Natural e Iberdrola, en las que declaró nulo el apartado que establecía en esa cantidad (4 euros/kW y año) el valor del margen de comercialización que se debe incluir en el PVPC.
Recientemente, el 30 de mayo de 2016, el Tribunal Supremo ha ordenado al Consejo de Ministros que apruebe antes del 30 de junio una metodología para calcular el margen comercial del suministro del PVPC.
La CNMC tiene encomendado el mandato de elaborar un informe con la metodología que determine el citado margen comercial.
Para fijar esos márgenes, la Comisión solicitó información a 115 empresas sobre los costes de comercialización, y obtuvo información sobre el 97,1% del consumo total anual del sector eléctrico.
El margen comercial se ha establecido según un coste medio anual por cliente, que incluye los costes de explotación de comercialización (coste de facturación y cobro, el coste de atención al cliente y los costes de estructura, entre otros).
No obstante lo anterior, la CNMC cree que se debería incluir un margen de retribución de la actividad, para lo cual se han analizado distintos escenarios y se han determinado los costes de captación y retención de los clientes por si fuera procedente su inclusión.
(SERVIMEDIA)
17 Jun 2016
JBM/caa