ETA. Tres años de prisión por quemar varios cajeros en protesta por la detención de un etarra
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La Audiencia Nacional ha condenado a tres años de prisión a Igor Maiora por haber quemado con "cócteles molotov" dos cajeros automáticos de Caja Vital en Vitoria, en una acción de “kale borroka” que tuvo lugar el 13 de agosto de 2006 en protesta por la detención del etarra Zigor Bravo.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha encontrado a Maiora culpable del delito de incendio terrorista con el agravante de disfraz, según consta en la sentencia hecha pública hoy. En cambio, los magistrados han absuelto al pro etarra del delito de tenencia de explosivos del que había sido acusado por la Fiscalía, quien pedía nueve años de cárcel para él.
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 13 de agosto de 2006, cuando Maiora, acompañado por Ibai Peña –quien no se sentó en el banquillo de los acusados por haber sido detenido en Francia-, roció con gasolina los dos cajeros que tiene la sucursal de Caja Vital situada en la calle Valladolid de la capital alavesa.
Maiora llevaba el rostro cubierto con una manga de camiseta agujereada a la altura de los ojos para no ser identificado y portaba guantes de látex para no dejar huellas. Tras rociarlos con gasolina, los encapuchados lanzaron sendos “cócteles molotov” contra los dos cajeros.
Tras iniciarse el incendio, Maiora y el otro individuo se dieron a la fuga, arrojando las mangas de camiseta y los guantes de látex tras la tapia de un colegio. En una de las mangas y en uno de los guantes se encontraron restos de ADN pertenecientes a Maiora, lo que para el tribunal “acredita su presencia en el lugar y en el momento de los hechos”.
Los daños provocados por la acción vandálica fueron valorados en 14.050 euros. Según la reivindicación publicada en el diario “Gara”, la quema de los cajeros tuvo lugar en protesta por la detención del etarra Zigor Bravo.
La madre de Maiora aseguró durante la vista oral que en agosto de 2006 su hijo estaba junto a unos amigos en la localidad murciana de Águilas, donde la familia celebra todos los años una fiesta. “Tal testifical no ha merecido la credibilidad de este tribunal”, indica la sentencia, ya que los magistrados consideran que “el interés personal y directo” de la madre “puede afectar su capacidad objetiva para situar cronológicamente determinados acontecimientos”.
El tribunal, presidido por el magistrado Alfonso Guevara, absuelve a Maiora del delito de tenencia de explosivos por no haber quedado acreditado que el acusado “tuviese en su poder en momento alguno más explosivos o artefactos incendiarios que los utilizados en el lanzamiento a los cajeros”.
(SERVIMEDIA)
31 Mar 2010
DCD/caa