Mayor libertad de movimiento por la UE
- Los visados de residencia se equiparan a los de larga duración
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El Consejo de Asuntos Generales de la Unión Europea aprobó hoy un Reglamento por el que se modifica el convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y el Código de Fronteras Schengen en lo que se refiere a la circulación de personas con visados de larga duración.
Este reglamento, según informó hoy el Ministerio de Asuntos Exteriores, va a permitir que los titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado Schengen puedan circular por el territorio de los otros Estados Schengen durante tres meses en cualquier período de seis meses, en las mismas condiciones que los titulares de un permiso de residencia (en el caso de España, una tarjeta de identidad de extranjero).
Con esta apobación, se amplía a los visados de larga duración el principio de equivalencia que ya existe en la actualidad entre permisos de residencia y visados de corta duración expedidos por los Estados Schengen.
Hasta la fecha, los titulares de un visado de larga duración que se encontraban residiendo en un Estado Schengen (estudiantes, trabajadores temporales, etc.), para circular por el resto del Espacio Schengen necesitaban disponer de un permiso de residencia o, en su defecto, debían obtener con carácter previo un visado de corta duración válido para el Estado que se proponían visitar.
Esta situación dificultaba enormemente sus desplazamientos por el Espacio Schengen, ya que en algunos casos existen demoras considerables a la hora de obtener el permiso de residencia y en determinados supuestos las legislaciones de los Estados Schengen ni siquiera contemplan la posibilidad de expedir este tipo de permisos.
Por ejemplo, dice Exteriores, en caso de permanencias en España no superiores a seis meses, en principio no resulta posible, con carácter general, la obtención de la tarjeta de identidad de extranjero.
El nuevo reglamento será firmado por el Consejo y el Parlamento Europeo el próximo jueves y entrará en vigor el 5 de abril de 2010, coincidiendo con la fecha a partir de la cual va a ser aplicable el nuevo Código de Visados.
(SERVIMEDIA)
23 Mar 2010
MML/caa