Hernández Moltó y Ortega condenados a dos años de cárcel por falsear las cuentas de Caja Castilla-La Mancha
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La Audiencia Nacional ha condenado al expresidente de Caja Castilla-La Mancha (CCM) y exdiputado del PSOE Juan Pedro Hernández Moltó a dos años de prisión por un delito de falsedad contable al manipular las cuentas de la entidad financiera. También ha sido condenado a inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en el sector financiero durante el tiempo de la condena.
Además, ha resultado condenado a dos años de cárcel el ex director general de la caja Ildefonso Ortega, por el mismo delito.
En una sentencia, el juez central de lo Penal José María Vázquez Honrubia impone a cada uno el pago de una multa de 29.970 euros y les obliga a satisfacer la mitad y a partes iguales las costas causadas, incluidas a las de la acusación particular y popular, ejercidas por la asociación Adicae y la propia caja de ahorros.
El magistrado absuelve a ambos directivos del delito societario de administración fraudulenta que les atribuían ambas acusaciones. Caja Castilla-La Mancha fue la primera caja de ahorros española en ser intervenida y nacionalizada, en marzo de 2009, después de que se aprobara un rescate que alcanzó los 9.000 millones de euros. El Banco de España cuantificó en 253,8 millones de euros las operaciones y los perjuicios económicos que los gestores causaron en la entidad.
Según Anticorrupción, el 10 de febrero de 2009, con la "aquiescencia" de Hernández Moltó, Ortega envió al Banco de España unos estados financieros y consolidados públicos de la entidad que ignoraron los requerimientos que el supervisor había venido haciendo desde 2004 y no reflejaban su "situación financiera real".
La sentencia establece que las cuentas de la entidad correspondientes, por ejemplo, a 2008 arrojaban beneficios de 29,8 millones de euros pero debían haber reflejado pérdidas millonarias al restar los 212 millones de euros de pérdidas. El tribunal entiende que la cúpula de la caja se valió de una “maniobra contable” para lograr que los estados financieros de la CAM, tanto individuales como consolidados “reflejaran beneficios en lugar de pérdidas”.
La sentencia explica que no ha quedado acreditado que Hernández-Moltó y Ortega concedieran a sabiendas créditos o refinanciación de créditos ya concedidos durante el año 2008 a sabiendas de que causaban perjuicio a la CAM, “o dispusieran mediante engaño, de bienes de esta sociedad”. Tampoco ha quedado probado que los dos acusados “obtuvieran algún beneficio personal con estas operaciones”.
El tribunal establece para ellos, tal como pidió Anticorrupción, una multa de 30.000 euros y el pago solidario de las costas de juicio, también establece a inhabilitación de ambos para ejercer cargos de administración o dirección en entidades de crédito o del sector financiero durante el tiempo de su condena.
(SERVIMEDIA)
23 Feb 2016
SGR/gja