La Airef ve positivo aplicar el tipo mínimo del 2,2% para calcular la prestación por cese de actividad de los autonómos

MADRID
SERVIMEDIA

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) considera que procede aplicar el tipo mínimo del 2,2% para efectuar el cálculo de la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

En una nota, la Airef justifica la utilización de este tipo mínimo puesto que el resultado de aplicar la fórmula establecida para el cálculo de dicha prestación ofrece un tipo “muy inferior a ese mínimo”.

La norma establece un tope de cotización máximo del 4% y un tope mínimo del 2,2%, el vigente en la actualidad. “El resultado de aplicar la fórmula es un 0,2%, un tipo de cotización muy inferior al mínimo fijado por la ley. Por eso, para el cálculo de las cotizaciones de 2016 la Airef considera aplicable el mínimo marcado en el 2,2%”, incide.

En este sentido, el organismo puntualiza que, en el medio plazo, dado que la fórmula actual puede suponer un comportamiento pro cíclico de la estimación del tipo, “se podría considerar ampliar el periodo considerado de ingresos y gastos que se utiliza en la fórmula”.

(SERVIMEDIA)
23 Feb 2016
GFM/caa