Los exconsejeros del Banco de España podrán percibir una compensación del 80% de su retribución durante dos años

MADRID
SERVIMEDIA

Los miembros del Consejo de Gobierno del Banco de España que cesen en el cargo tendrán derecho a percibir una compensación económica mensual durante dos años igual al 80% del total de las retribuciones asignadas a su cargo.

Así consta en una resolución del Consejo de Gobierno del Banco de España publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que se aprueba la modificación del reglamento interno del organismo de marzo de 2000.

En la resolución se indica que no habrá lugar a la percepción de la anterior compensación en caso de que el cese se haya producido en virtud de separación acordada por el Gobierno.

Tampoco cuando el interesado desempeñe, de forma remunerada, cualquier otro puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público o privado, o sea beneficiario de una pensión pública de jubilación, debiendo dejar de percibir la compensación en el mismo mes en que reciba la retribución incompatible.

Según el texto, al cesar en el cargo, y durante los dos años siguientes a esa fecha, los consejeros no natos no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones del Consejo de Gobierno en las que aquellos hubieran intervenido con su voto.

En el caso de los consejeros que hubieran sido miembros de la Comisión Ejecutiva, dicha prohibición se extenderá a la prestación de servicios en cualquier entidad privada sujeta a la regulación o supervisión del Banco de España, incluyendo aquellas entidades españolas comprendidas en el ámbito del Mecanismo Único de Supervisión.

VEHÍCULOS OFICIALES

Por otra parte, respecto al uso de recursos materiales de la institución se recoge que los altos cargos del Banco de España los gestionarán “siguiendo los principios de eficiencia y sostenibilidad, en particular en lo relativo a los gastos de representación y atenciones protocolarias, así como respecto de la utilización de vehículos oficiales”.

En concreto, se establece que la utilización de vehículos oficiales por quienes ejerzan un alto cargo del Banco de España estará vinculada con las obligaciones de desplazamiento derivadas del desempeño de sus funciones.

Mientras, las cuantías presupuestadas para gastos de representación y atenciones protocolarias sólo podrán utilizarse para sufragar actos de esta naturaleza en el desempeño de las funciones de los altos cargos del Banco de España, tanto en territorio nacional como en el extranjero, siempre que dichos gastos redunden en beneficio o utilidad del organismo.

Además, tendrán que estar debidamente justificados y se ha de acreditar su necesidad para el desempeño de las funciones inherentes al ejercicio del alto cargo. “No podrá abonarse con cargo a ellos ningún tipo de retribución, en metálico o en especie, para los altos cargos del Banco de España”, se añade.

TARJETAS DE CRÉDITO

En la resolución se indica también que la Comisión Ejecutiva podrá autorizar el uso de tarjetas de crédito como medio de pago de los gastos de viaje realizados por altos cargos del Banco de España en el desarrollo de sus funciones, estableciendo el procedimiento para su justificación y los límites correspondientes.

En otro orden de cosas, se recoge que el gobernador y el subgobernador evitarán la realización de cualquier actividad que pueda suponerles “menoscabo de su independencia e imparcialidad”, así como incurrir en conflictos de intereses o utilizar indebidamente información privilegiada.

(SERVIMEDIA)
10 Feb 2016
BPP/caa