Las televisiones podrán emitir resúmenes de 90 segundos por partido

- La CNMC resuelve contra la Liga y a favor de Mediaset

MADRID
SERVIMEDIA

Los informativos de las televisiones podrán emitir resúmenes de los partidos de Liga con una duración máxima de 90 segundos por encuentro.

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) hizo pública este lunes una resolución por la que falla a favor de Mediaset en el conflicto que planteó contra la Liga de Fútbol Profesional (LFP) por la interpretación legal que la patronal de clubes hacía de que los 90 segundos estaban referidos a la totalidad de partidos de una jornada, no a cada encuentro.

Las cadenas privadas se quejaban de que un minuto y medio no les alcanzaba para sintetizar en sus telediarios lo mejor de cada jornada.

La CNMC señala en su resolución que 90 segundos de cada partido de la Liga “es un tiempo suficiente y adecuado para asegurar el derecho a la información de los ciudadanos”, y que estos resúmenes informativos no estarán sujetos a contraprestación económica.

El regulador pone como condición que los resúmenes de cada partido sólo se podrán emitir un máximo de dos veces en un plazo de 24 horas a contar desde la finalización del choque.

DECRETO-LEY

El origen del conflicto está en el decreto ley regulador de la venta centralizada de los derechos televisivos del fútbol que aprobó el Consejo de Ministros en mayo del año pasado.

El Gobierno utilizó ese decreto para modificar el artículo 19.3 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que regula la emisión de resúmenes de encuentros que pueden incluirse en los informativos.

El decreto incorporó una disposición final por la que citado artículo establece que "no será exigible contraprestación alguna cuando el resumen informativo sobre un acontecimiento, conjunto unitario de acontecimientos o competición deportiva se emita en un informativo de carácter general, en diferido y con una duración inferior a 90 segundos".

Mediaset se opuso a esa limitación de tiempo y la Liga le prohibió el acceso a los estadios. El 9 de septiembre, el grupo de Telecinco denunció ante la CNMC que la LFP vulneraba su derecho a la información al limitar su acceso a los estadios. El 17 de septiembre, la CNMC dictó medidas cautelares por las que se instaba a la Liga a garantizar el acceso a Mediaset a los espacios en los que se celebre el acontecimiento deportivo.

Ahora, Competencia le da la razón a Mediaset con una resolución contra la que no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

TVE compró la exclusividad de los resúmenes de los partidos, pero ahora son unos derechos que pierden valor con la resolución de la CNMC a favor de las privadas.

(SERVIMEDIA)
18 Ene 2016
JRN