El Supremo ordena dar un visado a una cubana que rechazó Exteriores por dudar de su "garantía de retorno"
- Tendrá 30 días para visitar a su madre en España
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El Tribunal Supremo ha acordado que se conceda a una ciudadana cubana un visado de estancia temporal en España de 30 días para visitar a su madre. El Consulado de España en La Habana le había denegado esta petición en 2014, al considerar que no había "garantía de retorno" de esta persona y que podía terminar quedándose en territorio nacional.
En una sentencia conocida este viernes, el Supremo revoca la decisión del Consulado de la Habana, que denegó a la mujer el visado debido a "la actuación de otros familiares de la solicitante", que acabaron quedándose en España. La representación diplomática española no tuvo en cuenta que la solicitante aportara como garantía un billete de avión de vuelta a Cuba en el período de vigencia del visado que pedía.
"FINALIDAD LÓGICA"
Para el Supremo, el razonamiento del Consulado no es "suficiente en sí mismo" para dudar de que la ciudadana cubana fuera a volver a su país y tiene en cuenta que la demandante aportó como documentación un billete de avión de ida y vuelta Madrid-La Habana, con fecha de salida el 8 de febrero de 2014 y con regreso el 6 de marzo siguiente.
La sentencia entiende que "el viaje tiene una finalidad lógica de visita en España a su madre", quien cuenta con nacionalidad española y reside en Mallorca. El Supremo considera que "la mujer tiene arraigo en Cuba, donde residen sus tres hijos menores y su padre enfermo" y "tiene una situación laboral estable en su país".
El Tribunal Supremo estimó el recurso de casación contra la sentencia inicial dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que avaló la decisión del Consulado. El Supremo entiende que el TSJM no entró a examinar la corrección o no de la decisión del Consulado basada en la no garantía de retorno. Por ello, anula la sentencia del TSJM y señala que el criterio de la oficina consular no resulta fundado.
(SERVIMEDIA)
08 Ene 2016
EMF/nbc/pai