20-D. La Junta Electoral desestima dos recursos del PSOE contra TVE

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado los dos recursos planteados por el PSOE contra la cobertura informativa de la campaña electoral por presunto incumplimiento de los principios de igualdad, proporcionalidad y neutralidad.

Respecto a la supuesta vulneración de los principios de igualdad y proporcionalidad, la Junta señala en su acuerdo de 17 de diciembre que las alegaciones aportadas por RTVE estiman que “no puede apreciarse una vulneración del principio de proporcionalidad en lo que se refiere al tiempo dedicado a la formación política recurrente y al PP”.

El máximo órgano electoral añade que “incluso aunque se pudiera computar conjuntamente parte del tiempo dedicado al Gobierno, el porcentaje resultante no resultaría contrario a la proporcionalidad derivada de la composición parlamentaria existente en la última legislatura”.

El pasado 2 de diciembre, la Junta instó a RTVE a extremar la vigilancia para evitar una diferencia entre el tiempo dedicado al Gobierno y al partido que lo apoya respecto al resto de formaciones. Entre el 23 de noviembre y el 11 de diciembre se ha producido una reducción de tiempo dedicado al Gobierno en los Informativos de TVE: del 47,35 al 24,18%. El porcentaje dedicado al PP ha sido el 36,81% y el del PSOE, el 25,56%. Por su parte, el porcentaje de representación del PP en el Congreso es del 53,14%, y el del PSOE del 31,43%.

Respecto a la denuncia de vulneración del principio de neutralidad, la Junta señala que ninguno de los dos hechos denunciados por el PSOE, dentro del plazo legalmente establecido para ello, le permite considerar que se haya producido tal vulneración.

En concreto, la JEC señala que, en el caso de las imágenes de Pedro Sánchez emitidas en el TD-2 del 10 de diciembre, “son los profesionales de los medios los que deben valorar la utilización de las imágenes de los candidatos, sin que quepa apreciar un tratamiento arbitrario o discriminatorio en este supuesto concreto”. En el caso de la información sobre unas declaraciones del candidato número 5 por Madrid, Eduardo Madina, la JEC señala que “se recogían declaraciones que efectivamente realizó el candidato, sin que tampoco se aprecie manipulación”

(SERVIMEDIA)
18 Dic 2015
JRN/gja