20-D. El juzgado ordena el internamiento cautelar por seis meses del menor que agredió a Rajoy

MADRID
SERVIMEDIA

El juzgado encargado del caso ha acordado el internamiento cautelar en centro cerrado durante un periodo máximo de seis meses del menor que ayer agredió a Mariano Rajoy en Pontevedra, como había pedido la Fiscalía de Menores.

Según una nota de la Fiscalía de Menores, esta mañana las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pusieron a disposición de la Sección de Menores de la Fiscalía de Pontevedra al detenido, de 17 años, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 17.5 de la LO 5/2000 reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor.

El menor fue detenido ayer tras dar un fuerte puñetazo en la cara en Pontevedra al presidente del Gobierno y candidato del PP a la reelección, Mariano Rajoy. La fiscal de guardia de la Sección de Menores le tomó declaración y le imputó un delito de atentado a la autoridad, a un miembro del Gobierno de España, previsto y penado en el artículo 550.1 y 3 del Código Penal, castigado con penas de uno a seis años de prisión y multa.

El menor fue examinado por un médico forense y por el equipo técnico psicosocial adscrito a la Sección de Menores de Fiscalía y a los Juzgados de Menores de Pontevedra.

A la vista del tipo penal imputado y la entidad de los hechos, y siendo mayor de 16 años, la Fiscalía considera que su acción constituye un supuesto de “extrema gravedad”, previsto en el artículo 10.1 b), párrafo segundo, de la LO 5/2000.

"Por ello, teniendo en cuenta, además, las circunstancias del menor y demás concurrentes en el caso, se ha solicitado por la Sección de Menores el internamiento cautelar del detenido en un centro cerrado, conforme al art. 28 LORPM, medida que ha sido acordada por el Juzgado por el plazo máximo legal de seis meses previsto en la LORPM", indica la nota.

La nota de la Fiscalía de Menores concluye: "Con el fin de salvaguardar los derechos constitucionales a la intimidad y propia imagen y protección de la juventud y la infancia (arts. 18.1 y 20.4 Constitución Española), y a la vista de algunas noticias difundidas, se insta a los medios de comunicación para que, en lo sucesivo, cuiden el respeto a tales límites constitucionales en el ejercicio del derecho la libertad de expresión, prescindiendo de la difusión de datos o imágenes que afecten al menor imputado, a su familia o entorno y también a otros menores que, eventualmente, puedan estar relacionados de forma directa o indirecta con el caso".

(SERVIMEDIA)
17 Dic 2015
CAA