Aborto. Abortar por "graves anomalías" en el feto abre la puerta a la discriminación de personas con síndrome de down
- Denuncia Down España, que expresa su "preocupación" por los términos de la nueva ley
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La Federación Española de Síndrome de Down (Down España) manifestó hoy su "preocupación" por los términos en que se ah aprobado la nueva ley del aborto, que permite interrumpir un embarazo hasta la semana 22 de gestación si hay "graves anomalías" en el feto, lo que, a su juicio, "abre la puerta a una discriminación" hacia las personas con este síndrome.
La norma establece en el apartado b de su artículo 15
que podrá interrumpirse el embarazo por causas médicas cuando "no se superen las 22 semanas de gestación y siempre que exista riesgo de graves anomalías en el feto".
Además, recoge en el apartado 3 del artículo 17, que en el supuesto de interrupción de embarazo por riesgo de "graves anomalías" en el feto, la mujer recibirá "información por escrito sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas existentes de apoyo a la autonomía de las personas con alguna discapacidad, así como sobre la red de organizaciones sociales de asistencia social a estas personas".
Para Down España, la "ambigüedad" del término "'graves anomalías' abre la puerta a una discriminación hacia las personas con síndrome de down".
En este sentido, añade, cualquier ley que implícitamente considere la vida de una persona con discapacidad como menos valiosa que la de otra persona sin discapacidad "es discriminatoria".
Por eso, la federación ve "inadmisible que la ley posibilite una interrupción del embarazo llevada a cabo por el mero hecho de que el feto tenga una discapacidad".
Por último, Down España aclaró que no valora ni emite juicio alguno acerca de una ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo, pero exige que se plantee en términos de igualdad para todas las personas, tengan o no discapacidad.
(SERVIMEDIA)
25 Feb 2010
IGA/lmb