El Supremo condena a siete años de prisión a una mujer por agresión y robo a su exnovio

- El hombre acabó tetrapléjico y murió dos años después por causas naturales

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a siete años de cárcel a una mujer por el robo con violencia en casa de su exnovio y la absolvió de un delito de asesinato en grado de tentativa.

La misma sentencia impuso una condena de 18 años, tres meses y un día de prisión al otro condenado, con el que la mujer mantenía una relación sentimental, por un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de robo con violencia en casa habitada y empleo de instrumento peligroso.

Los hechos probados en la sentencia ocurrieron el 21 de julio de 2011, cuando la condenada quedó con su exnovio con la excusa de recoger alguna ropa que aún le quedaba en la vivienda que habían compartido durante su relación.

La víctima accedió sin problemas y esperó en un bar mientras la mujer recogía sus cosas tranquilamente de la casa. Después de entrar en el domicilio, con unas llaves que aún conservaba, la mujer avisó a su nueva pareja y, una vez allí, empezaron a registrar la vivienda para robar el dinero y los objetos de valor que encontrasen en el lugar.

Al regresar a la vivienda, la víctima recibió por parte del acusado navajazos en el cuello, la espalda y el pecho y, antes de perder el conocimiento, pidió a gritos auxilio, sin recibir ningún tipo de ayuda de la mujer.

Los condenados se llevaron una videoconsola, una cámara de fotos, un ipad y otros objetos, tasados en 1.400 euros, así como los 10.800 euros que la víctima había sacado del banco para comprar un coche, y una hucha con 3.000 euros. Tras la agresión, la víctima, de 40 años, quedó tetrapléjica, falleciendo dos años después por causas naturales.

La Sala Segunda indica que en el caso enjuiciado "el reparto de papeles es evidente: ella, conseguir la entrada en el piso, con objeto de apoderarse de todo lo que de valor encontraran, y él, realizar los actos ejecutivos de vencer la resistencia del dueño si apareciese o en el caso de dificultades; para ello portaba una pistola". Por lo demás, subraya la sentencia, el apoderamiento de objetos y efectos de valor es conjunto.

(SERVIMEDIA)
26 Oct 2015
SGR/caa