Gürtel. La Audiencia rechaza desbloquear una cuenta de Bárcenas para que pague el IRPF de 2014
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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado desbloquear una cuenta a nombre del extesorero del PP Luis Bárcenas, que quiere pagar con ella los poco más de 300 euros del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente a 2014.
El tribunal entiende que Bárcenas “ha dado muestras evidentes de tener capacidad económica”, en circunstancias como los dos períodos de vacaciones que se ha costeado en Baqueira Beret.
Por eso, continúa el auto, “se deduce fácilmente que en esta ocasión también podría hacer frente a la obligación de pagar sus impuestos sin necesidad de acudir al desbloqueo de las cuentas bancarias intervenidas”, razón por la que se desestima su petición.
Bárcenas ha pedido ya en dos ocasiones que se le desbloquen distintas cuentas bancarias y en ambos casos le ha sido denegado con el objetivo de preservar los fondos necesarios para hacer frente a la pena que se le pueda imponer una vez sea juzgado.
La Sala señala que en tanto el juicio no se haya celebrado y se haya dictado sentencia firme, no se podrá conocer el origen de los fondos embargados y “mientras exista una duda razonable acerca de su ilicitud, no sería acorde a derecho que en un procedimiento judicial se acordara hacer frente a los pagos a Hacienda con un patrimonio de origen dudoso”.
DOS RECHAZOS
La Sala de lo Penal ya negó el pasado 11 de septiembre la asignación de 600 euros al mes que había solicitado Bárcenas tras su salida de prisión para satisfacer gastos de alimentación y personales. Los magistrados argumentaron entonces que el imputado cuenta con fondos suficientes para disfrutar de unas vacaciones en la estación invernal de Baqueira Beret y por tanto no creen necesario asignarle cantidad alguna.
La Sala negaba así a Bárcenas el levantamiento de la medida cautelar de bloqueo de sus cuentas y rechazaba autorizar cualquier asignación. En este momento su mujer, Rosalía Iglesias, tiene aprobada una asignación de 300 euros para afrontar los gastos de la familia, cantidad a la que hay que sumar el dinero de los gastos que genera el mantenimiento de su vivienda.
En un auto, los magistrados consideraron “incongruente” conceder la citada suma para alimentos que es “exactamente el doble de la concedida con anterioridad para los otros dos miembros del núcleo familiar”.
Pero además, la Sala aseguraba que “no puede ignorar que la familia Bárcenas ha dispuesto de metálico suficiente no sólo para desplazarse unos días a la vivienda que posee en Baqueira, sino para hacer frente a otros gastos que no son exclusivamente los de alimentos durante el citado período, demostrando con ello que tiene a su disposición metálico suficiente sin necesidad de detraerlo del saldo de las cuentas bancarias que se encuentran embargadas al día de la fecha en aras de la función legal que asumen”.
El pasado mes de marzo, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz rechazó también ampliar a 900 euros al mes la asignación de la que podía disponer el extesorero del Partido Popular y su familia, y confirmó que la cantidad de la que podrá disponer de sus cuentas bloqueadas continuará siendo de 300 euros mensuales.
(SERVIMEDIA)
20 Oct 2015
SGR/caa