La Audiencia condena a entre diez y doce años de prisión a los yihadistas que empezaron a enviar combatientes a Siria

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre diez y doce años de prisión a los once integrantes de un célula yihadista asentada en Ceuta que se dedicaba a reclutar combatientes para enviarlos a Siria. De ellos, a menos seis murieron inmolados en acciones suicidas que provocaron numerosos muertos.

La sentencia considera que esta red, desarticulada dentro de la `operación Cesto´ en junio de 2013, envió durante un año y tres meses a numerosos militantes yihadistas a Siria, siendo ésta la primera organización que se detectó en España. La media docena de muertos corresponden a dos grupos de combatientes enviados en abril de 2012 y mayo de 2013. Esos grupos “murieron en atentados suicidas en los que causaron centenares de víctimas”.

El fallo judicial, de 462 páginas, impone las penas más altas, de doce años a Karim Abdeselam e Ismail Abdellatif Al-Lal, al considerarles los cabecillas de la organización terrorista, y al resto les condena a diez años como integrantes del grupo. A Rochdi Abdeselam Abdel, se le condena, además, a un año y medio de cárcel por tenencia ilícita de armas.

Los magistrados señalan que la razones que inspiraron las acciones cometidas, la radicalización demostrada por los acusados y la peligrosidad de los mismos, evidenciada por los actos reiteradamente ejecutados por la organización en que voluntariamente se integraron, y la indiscutible gravedad de los hechos y de los resultados finales producidos, justifica la imposición de las penas interesadas por el Ministerio Fiscal.

La Sala impone las penas en base a “la radicalización y peligrosidad de todos ellos y a la gravedad de las conductas desplegadas por la célula en la que voluntariamente se integraron; siendo plenamente conscientes del muy notable servicio que hacían mediante continuo envío de yihadistas para el cumplimiento de los objetivos de las organizaciones terroristas filiales de Al Qaeda que operaban en Siria con la finalidad de imposición violenta de la Sharia, el Estado Islámico y finalmente el Califato Global”.

Subraya que “eran también totalmente conocedores de que los voluntarios que enviaban estaban dispuestos a ejecutar acciones violentas con explosivos y a inmolarse nada más llegar para incorporarse a la yihad al servicio de los fines de las citadas organizaciones”.

“Todos los acusados denotaron una gran radicalización religiosa, estaban preparados para la acción y tenían un propósito decidido de contribuir eficazmente a la imposición violenta de sus dictados mediante la ejecución inmediata de atentados en Siria, país al que fueron enviadas por la célula ceutí, en la que todos se integraron voluntariamente, y por la marroquí, que operaba en estrecha relación con la anterior, sucesivas oleadas de yihadistas”, expone la resolución.

Así, explica que “entre abril de 2012 y junio de 2013, fueron enviados, al menos, veintiocho yihadistas, (de los que nueve eran ceutíes integrantes de la célula a la que pertenecían los acusados y otro marroquí, al que acompañó a Algeciras uno de los ahora condenados). De dichos enviados consta que fallecieron en actos terroristas poco después de llegar, al menos ocho, seis de ellos ceutíes, en cuyas acciones murieron centenares de personas”.

Agrega que “poco antes de las detenciones se produjo un nuevo intento de enviar a otros cuatro más, ahora acusados, que no lograron encontrar billetes, pero que continuaban haciendo gestiones para integrarse de inmediato en el ISIL”, concluye la sentencia.

(SERVIMEDIA)
02 Oct 2015
SGR/gja