La Audiencia ordena interrogar al concejal Zapata por menosprecio a las víctimas del terrorismo

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha decidido reabrir la causa contra el concejal del Ayuntamiento de Madrid Guillermo Zapata por menosprecio a las víctimas del terrorismo. Los magistrados también acuerdan que se tome declaración a este edil.

La Audiencia ha dictado este jueves un auto en el que estima los recursos de la Fiscalía y de la asociación Dignidad y Justicia contra la decisión del juez Santiago Pedraz de no actuar contra Zapata por difundir en Twitter varios mensajes, uno de los cuales aludía a Irene Villa, quien en 1991 perdió las piernas en un atentado de ETA.

En este sentido, Zapata envió en 2011 un tuit con el siguiente contenido: "Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcaser para que no vaya Irene Villa a por repuestos”. Este comentario fue denunciado ante la Audiencia Nacional, donde el juez Pedraz la archivó tras tomar declaracion a Villa, quien dijo que no se sentía ofendida por estas palabras del concejal madrileño.

Sin embargo, los integrantes de la Sección Segunda ordenan a Pedraz proseguir la investigación y practicar las diligencias solicitadas en la querella. En concreto, ordenan tomar declaración al querellado "como imputado" y en relación con varios mensajes publicados en Twitter. No obstante, entienden que no es necesario citar a los testigos propuestos por la parte querellante, salvo que el juez lo estime pertinente.

"HONOR INDIVIDUAL"

Los magistrados argumentan que el bien jurídico objeto de protección "no sólo es el honor individual de una víctima en concreto, que lo puede ser, sino la dignidad de las víctimas del terrorismo y sus familiares como colectivo, y en consecuencia lo ha convertido el legislador en un delito perseguible de oficio y en el que el perdón de una víctima en concreto, aún la directamente aludida, más allá del ejemplo de generosidad desplegado por la misma, puede no tener relevancia".

Consideran estos jueces que, teniendo en cuenta la naturaleza del bien protegido, "la concreta actitud de alguna de las víctimas aludidas en este tipo de comentarios no obsta para que pueda proseguir una investigación criminal, como tampoco que ante un determinado tipo de manifestaciones el concreto estado de ánimo que genera en una víctima en particular determine la continuación del procedimiento".

Añade que en este tipo delitos la declaración de las víctimas no resulta "indispensable, aunque a veces (es) oportuna", dado que la valoración de la conducta ha de hacerse de una manera objetiva en función de las circunstancias del caso y analizar si "alcanzan de aquella manera objetiva adelantada la suficiente entidad como para rebajar y humillar a las víctimas en general y a sus familiares".

"TRIVIALIZACIÓN DEL TERRORISMO"

A juicio de los magistrados, en los mensajes atribuidos a Zapata se debe tener en cuenta que "no estamos ante una sola expresión relacionada con una víctima del terrorismo, sino ante varias manifestaciones que todas juntas como mínimo, pueden indicar un cierto grado de desprecio a las víctimas del terrorismo y una cierta y bastante manifiesta trivialización del terrorismo que podría exceder de lo que es un mero ejercicio del humor negro".

El auto también subraya que el legislador ha querido configurar un contenido del derecho al honor de las víctimas del terrorismo y de sus familiares más amplio que el de cualquier otra persona, "y ello porque merecen una mayor protección y respeto como consecuencia del dolor que han padecido, restringiéndose el contenido del derecho de expresión en general y el animus iocandi en especial, a la vez que se lanza un claro mensaje consistente en que no se debe hacer mofa y broma sobre el dolor de las víctimas del terrorismo".

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2015
SGR/gja/nbc