Tráfico. Denunciados casi 28.000 conductores en una semana por exceso de velocidad
- Dos de ellos fueron puestos a disposición judicial por sobrepasar el límite en más de 80 km/h
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Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil denunciaron la semana pasada a casi 28.000 conductores por exceso de velocidad en las carreteras españolas, en el marco de una campaña puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico (DGT) con la que se duplicaron los controles de vigilancia de los límites de velocidad.
En esa campaña, desarrollada entre el 20 y el 26 de julio, los guardias civiles controlaron la velocidad a 581.388 vehículos, de los que 27.854 (un 4,8%) circulaban a una velocidad superior a la permitida, con lo que sus conductores fueron denunciados por este motivo, según informó este miércoles la DGT.
La mayoría de infracciones detectadas ocurrieron en carreteras convencionales (18.899 conductores denunciados, un 5,1% de los vehículos controlados), por delante de las autopistas y las autovías (8.955 conductores, un 4,2%).
Dos de los conductores denunciados incurrieron en delito y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal.
Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), Tráfico ha reforzado los controles tanto con radares estáticos como dinámicos. En este tipo de vías se detectó el 68% de las infracciones por exceso de velocidad en la campaña de la semana pasada.
La DGT destacó que a estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales realizaron durante la campaña en su ámbito de competencia, con el fin de unificar mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule.
LEGISLACIÓN
La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.
El artículo 379 del Código Penal estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
Además, el sistema de permiso por puntos contempla la pérdida de entre dos y seis puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido.
(SERVIMEDIA)
29 Jul 2015
MGR/caa