Industria y UGT llegan a un acuerdo para el adelanto de las prejubilaciones en la minería del carbón
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Fitag-UGT y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo han llegado a un acuerdo sobre el adelanto de las medidas excepcionales de prejubilación anticipada de carácter voluntario a favor de los trabajadores del marco de actuación para la minería del carbón y las comarcas mineras para el periodo 2013-2018.
En un comunicado, el sindicato explicó que entre los aspectos más importantes del acuerdo, que será firmado este mismo miércoles en la sede del Ministerio se encuentra que tendrá carácter voluntario y que se aplicará a los trabajadores que estuvieran afectados por su prejubilación en el Marco de Actuación. En concreto, a aquellos que hayan cumplido 54 años de edad equivalente a 31 de diciembre de 2018, 11 años cotizados en el Régimen Especial de la minería del carbón, y los últimos tres años en la empresa matriz solicitante.
El adelanto de la prejubilación será de hasta dos años, lo que supone tener 52 años o más de edad equivalente con la aplicación del coeficiente reductor que les corresponda. Se entenderá cumplido este requisito en aquellos trabajadores para los que estuviera previsto su prejubilación hasta el 31 de diciembre de 2018, de haber mantenido hasta esa fecha el coeficiente reductor que tuviesen asignado en el momento de la extinción de su relación laboral.
Para ello,, será necesario además tener nueve años cotizados al régimen especial de la minería del carbón y tres años consecutivos contados desde la extinción de la relación laboral que da lugar a estas ayudas.
El sindicato indicó que para el cálculo de la cantidad bruta garantizada será tal y como se viene haciendo en el artículo 9 del real decreto de 2014, y una vez esta cantidad esté calculada definitivamente tendrá una reducción del 4,66% anual con un tope máximo del 9,32%.
Las solicitudes podrán ser presentadas en cualquier momento a partir del 1 de septiembre de 2015 hasta el 15 de septiembre de 2015, y estas ayudas se mantendrán hasta la edad de la jubilación ordinaria.
BAJA INDEMNIZADA
En cuanto al acceso a la baja indemnizada de carácter voluntario, que hasta la fecha era un derecho para aquellos trabajadores que a 31 de diciembre de 2012 tuviesen una antigüedad mínima de un año en cualquiera de las empresas mineras del Acuerdo Marco, a partir de la publicación de este acuerdo será para todos aquellos que estuvieran trabajando en estas empresas a 1 de enero de 2015.
Este acuerdo será tramitado como decreto ley y posiblemente aprobado este mismo viernes en el Consejo de Ministros. “Fitag-UGT considera positivo este acuerdo, ya que da una salida sólida viable en el tiempo a estos trabajadores”, añadió el sindicato.
(SERVIMEDIA)
07 Jul 2015
SMV/gja