Castilla-La Mancha TV conculcó el código deontológico de la FAPE en un programa sobre el ébola

- Presentado por la subdirectora de Informativos, Yolanda Guirado

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha dictado una resolución en la que responsabiliza a Castilla-La Mancha Televisión (CMT) de haber tratado el caso de la enfermera contagiada por ébola Teresa Romero con poco rigor informativo y falta de consideración hacia la paciente.

La comisión ha dado la razón a la queja que le formuló la Federación de Asociaciones de Periodistas de Castilla-La Mancha contra el espacio “No nos moverán”, presentado por la subdirectora de Informativos del canal, Yolanda Guirado, por la emisión del pasado 8 de octubre en el que se analizó el primer caso de infección por ébola en España.

Guirado, según recuerda la resolución, "abrió el programa llevando puestos unos guantes como los empleados por el personal sanitario. Mirando a cámara, se toca la cara, escenificando el momento del contagio. A continuación dice: "¿un simple gesto o un error?' Hasta los más grandes, hasta los más valientes, comenten fallos”.

La comisión deontólogica de la FAPE sostiene que el programa hizo “un concluyente juicio de valor trufado de presunta ironía o suficiencia” en “un relato que afecta de pleno a la intimidad, honor y la propia imagen de la paciente”.

“La misma información, con la misma fuente, se pudo facilitar a la audiencia en el mismo informativo de forma más cautelosa, más formal y considerada y más profesional, con menos teatralidad e intención y con más rigor informativo”.

Según la resolución, el programa “conculcó por su desproporcionada teatralidad el principio 4 del Código Deontológico de la FAPE tanto en su apartado b) referido al tratamiento informativo de asuntos en que medien “elementos de dolor o aflicción”, como en su apartado c) que refuerza la “intimidad en el caso de personas ingresadas en centros sanitarios”.

Ni Radio Televisión de Castilla-La Mancha, ni el programa ‘No nos moverán’, ni la conductora del programa Yolanda Guirado han remitido alegación o consideración alguna a la comisión, según recoge la resolución.

"HIJO DE UN EXCONSEJERO"

Por otra parte, la Comisión de la FAPE ha publicado otra resolución en la que señala que el periodista de ‘El País’ Manuel Altozano “no cometió vulneraciones deontológicas” en el artículo publicado en ese diario el pasado 10 de diciembre bajo el título: “El hijo de un exconsejero del CES gana una oposición con datos falsos”, por el que Manuel Núñez Encabo, presidente de la Comisión de Arbitraje de la FAPE y exconsejero mencionado en la noticia, formuló una petición de apertura de expediente deontológico contra el periodista.

La Comisión ha resuelto que en el mencionado artículo “no se atribuyen conductas ni adjetivan reproches específicos al denunciante”. Asimismo, señala que la información “no quebranta de manera esencial ni la exigencia de veracidad, ni el principio de relevancia pública de su contenido” y que, aun citando a un familiar, “no arroja sobre éste un desvalor que afecte a su honor e intimidad hasta el extremo de constituir infracción deontológica”.

Otra resolución desestima la queja presentada por la Federación de Servicios de CCOO, antigua COMFIA, contra dos publicaciones aparecidas en el diario 'El País' en febrero de 2015 y referidas al balance contable de COMFIA-CCOO. La Comisión considera que la información ofrecida es esencialmente veraz y que la posible afectación a los derechos de la intimidad y el honor de las personas aludidas “resulta justificada desde una perspectiva deontológica por el mayor interés del derecho del público a conocer cuestiones concernientes a agentes sociales como los sindicatos”.

En otra resolución, la Comisión afirma que la televisión castellanomanchega incurrió en una infracción deontológica al aplicar un trato vejatorio al político Rafael Perezagua Delgado. La cadena emitió una pieza televisiva en la que se rotulaban unas declaraciones del concejal y portavoz del Ayuntamiento de Toledo con la leyenda: “El ‘reto’ del burro de Perezagua”.

Por último, la Comisión considera que no han cometido infracciones deontológicas ni el diario digital 'Publico.es', que había sido denunciado por publicar publicidad encubierta de la Junta de Andalucía, ni el periódico 'Levante', acusado por una información sobre la condena judicial del alcalde y de una concejala de Zarra por delito de lesiones provocadas durante una pelea en un pleno municipal (Resolución2015 / 111).

Tampoco ha contravenido ningún precepto del código deontológico laSexta, denunciada por la gerente del Hospital de Toledo de vulneración del compromiso profesional en la búsqueda de la verdad por el reportaje titulado “Proponen en Toledo que los niños con cáncer reciban quimioterapia en sillas”, ni el articulista Marcos García Rey, en su artículo titulado “Datos sepultados bajo la ceniza (Metodología)”, incluido en un informe sobre incendios colgado en la web 'www.espanaenllamas.com'.

(SERVIMEDIA)
02 Jun 2015
JRN/gja