Educación. El Gobierno flexibiliza los requisitos para crear nuevas universidades
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes dos reales decretos, sobre la acreditación y apertura de nuevas universidades y sobre el acceso nacional a los cuerpos docentes universitarios, con los que el Ministerio de Educación dice culminar “la reforma del sistema universitario iniciada esta legislatura”.
En rueda de prensa, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, afirmó que ambos decretos son parte de “las importantes reformas” emprendidas por el Ejecutivo para “modernizar y flexibilizar” el sistema, en línea con las propuestas de la Comisión de Expertos para la Reforma Universitaria que constituyó el Ministerio de Educación.
De este modo, la norma referente a la apertura de nuevas universidades facilita su creación y rebaja los requisitos que la Administración exige a la hora de autorizar su puesta en marcha.
Los nuevos centros siguen obligados a ofrecer un mínimo de ocho títulos, pero ya no será obligatorio que tres de estos sean de segundo ciclo ni que al menos uno pertenezca a Ciencias Experimentales o Estudios Técnicos. Según Educación, ello facilitará “la especialización de las universidades”.
El real decreto establece un porcentaje del 50% de profesores doctores exigidos en los grados universitarios, cuando la norma de 1991 pedía un 30% para las diplomaturas y un 70% en las licenciaturas. También se rebajan las exigencias en instalaciones como laboratorios, bibliotecas y espacios comunes.
Además, aquellos centros universitarios que hayan obtenido la acreditación institucional podrán renovar la acreditación de las titulaciones oficiales que impartan sin necesidad de someterse al procedimiento de renovación completo.
Asimismo, se reduce la exigencia de personal docente e investigador en las enseñanzas no presenciales, que pasa de uno por cada 25 alumnos en cómputo global a ratios de entre 1/50 y 1/100, según el grado de experimentalidad de cada estudio.
La norma obliga a las nuevas universidades a presentar una memoria anual de actividades docentes e investigadoras y a elaborar un plan de viabilidad y cierre en el caso de que las privadas no resulten rentables.
ACREDITACIÓN DEL PROFESORADO
El segundo decreto modifica los criterios para la acreditación de los trabajadores en los cuerpos docentes universitarios, lo que afecta tanto al acceso como a su promoción. Varían la valoración de méritos, la forma de evaluarlos y el peso de cada área en la puntuación.
Así, la experiencia profesional fuera de los campus (en empresas privadas, por ejemplo) tendrá mayor valor, tanto o más que los méritos educativos, y cobrará más importancia la transferencia de conocimientos en detrimento de la gestión.
Por otra parte, se pretende dar más peso a la calidad de la investigación, con lo que en lugar de puntos por hechos concretos (como publicar en una determinada revista) se utilizará una escala de la A a la E para la medición de estos méritos (desde excelente a muy bajo).
También se sustituye la acreditación universal por una acreditación según ramas de conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura).
Dicha medida busca “la adecuación de los criterios de evaluación a cada rama de conocimiento”, aunque un mismo solicitante con especialización multidisciplinar o en ámbitos científicos interdisciplinares podrá acreditarse por más de una modalidad.
Las comisiones evaluadoras “estarán mucho más especializadas”, se suprimirá la obligatoriedad de algunas reuniones (que dependerán de la carga de trabajo) y dejarán de exigirse muchos informes externos.
Según Educación, este real decreto busca que la selección y promoción del profesorado universitario sea mucho más “transparente y homologable” a los estándares de otros países, y quiere contribuir a mejorar los niveles de calidad docente e investigadora en las universidades españolas.
(SERVIMEDIA)
29 Mayo 2015
AGQ/gja