Condenados por terrorismo y tráfico de personas tampoco podrán ser voluntarios
- Según el proyecto de Ley del Voluntariado, que crea una nueva categoría de voluntariado: el paralímpico
- El Gobierno aprobó también este viernes el proyecto de Ley del Tercer Sector
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó este viernes los proyectos de las nuevas leyes del Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social, que pasarán ahora al Parlamento para su tramitación y que en el caso de la primera amplía los supuestos para impedir el acceso a actividades de voluntariado a quienes hayan cometido delitos de tráfico ilegal de personas (inmigración clandestina) y terrorismo.
Además, la norma del Voluntariado suma dos nuevas categorías: dentro del voluntariado deportivo, el paralímpico, y dentro del ambiental, se incorpora la protección de animales.
El Gabinete dio luz verde a los dos textos, "claves en la agenda social", según afirmó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, tras recibir los informes correspondientes de distintos ministerios, comunidades autónomas y órganos consultivos.
Estos informes han propiciado una mejora técnica de las redacciones, pero han mantenido la filosofía y los objetivos recogidos en los anteproyectos: adaptar las dimensiones del voluntariado y de las entidades que conforman el Tercer Sector a la realidad actual y modernizar su funcionamiento.
VOLUNTARIADO
En cuanto a la Ley del Voluntariado, delimita el régimen jurídico de los voluntarios y su relación con las entidades, y acota además el campo jurídico de la administración. Tal y como afirmó Sáenz de Santamaría, trata de potenciar el voluntariado a lo largo de toda la vida", ya que, por ejemplo, fija edad mínima para poder ejercer como voluntario: 12 años.
En la futura norma se demarcan los derechos y deberes de los voluntarios y, como novedad, se garantiza la igualdad en el acceso al voluntariado de las personas en situación de dependencia "en los formatos adecuados y en las condiciones acordes a sus circunstancias personales", algo que en el anteproyecto figuraba para los ciudadanos con discapacidad y los mayores. Además, se fija la edad mínima de 12 años para que participen menores en proyectos.
Igualmente, se amplían los supuestos de limitación para el acceso al voluntariado al tráfico ilegal de personas y al terrorismo (en el anteproyecto figuraba ya esta limitación también para delitos contra menores, por violencia de género y por violencia doméstica).
El proyecto de la norma establece también que en los procesos de selección de voluntarios no podrá incurrirse en prácticas discriminatorias, entre las que están incluidas las relativas a discriminación por identidad sexual y orientación sexual.
Refuerza la ley, del mismo modo, la compatibilidad de la actividad de voluntariado con la jornada laboral dentro de la normativa de empleo público y con pleno respeto a lo acordado en la negociación colectiva.
TERCER SECTOR
Con respecto al proyecto de Ley del Tercer Sector de Acción Social, incluye iniciativas relativas a la dinamización de la participación de las mujeres, dentro de las medidas de fomento de las entidades que lo componen.
Dicho proyecto define a este sector como el conjunto de organizaciones de carácter privado, y sin ánimo de lucro, que surgen de la iniciativa ciudadana o social para buscar objetivos de interés general a través de la solidaridad y la participación.
Para reforzar el concepto se enumeran los principios que deben guiar el trabajo de las entidades que lo componen, que se basan en la democracia interna, el carácter altruista, la transparencia, la autonomía, la cohesión social, la promoción de la igualdad, la no discriminación y la consecución de fines socialmente relevantes.
A juicio del Gobierno, una de las mejoras que ha recibido el proyecto consiste en la clarificación del radio competencial de la ley, por lo que se distribuyen "con nitidez" las competencias entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas.
Asimismo, se refuerza la consideración de que el papel de las entidades que integran el Tercer Sector de Acción Social no puede, en ningún caso, diluir la responsabilidad de la Administración General del Estado.
(SERVIMEDIA)
20 Mar 2015
IGA/caa