Gestha señala que las donaciones al PP no están exentas porque dependen de la ley de financiación de partidos

- Los Técnicos de Hacienda creen que no se pueden comparar con el caso de las ONG

MADRID
SERVIMEDIA

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) discrepan del criterio de los peritos y señalan que las donaciones ilegales a formaciones políticas, como el PP, nunca pueden gozar del beneficio de la exención en el Impuesto sobre Sociedades porque se han percibido mediante una “infracción muy grave” tipificada en la ley de financiación de partidos políticos.

A este respecto, Gestha recuerda que el Auto de 7 de junio de 2013 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional concluía que “solo quedan exentas las donaciones privadas que cumplan con el criterio de transparencia legalmente marcado, estando por el contrario sujetas a tributación las donaciones que no se adecúen a los requisitos de forma y cuantía establecidos por la ley”.

En consecuencia, consideran que no existe alternativa al cálculo de la posible cuota dejada de ingresar por el Partido Popular (PP) por el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2008 en 220.167,04 euros fijada en el informe, superior al umbral de los 120.000 euros anuales que delimita la posible existencia de un delito fiscal y, además, únicamente considerando presuntos donativos irregulares por 888.000 euros que se habrían afectado al pago de las obras de reforma de la sede de la Calle Génova de Madrid, del total de los 1.055.000 euros presuntamente donados ilegalmente, según los “papeles de Bárcenas”. En este sentido, Gestha señala que no deben deducirse gastos que no están contabilizados ni justificados con factura, tal como señala el informe.

Además, los técnicos de Hacienda apuntan que, pese a lo manifestado por la directora de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), Margarita García-Valdecasas, el informe debe considerarse un “documento oficial de la AEAT”, ya que el funcionario que lo firma debe emitirlo en función del auxilio solicitado por el juez Ruz y no a título personal como parece querer decir García-Valdecasas.

Sin embargo, Gestha se congratula de que la dirección de la ONIF de la Agencia Tributaria (AEAT) haya remitido finalmente el informe solicitado por el juez Ruz con el cálculo del Impuesto sobre Sociedades de 2008 de las presuntas donaciones ilegales percibidas por el PP según los denominados “papeles de Bárcenas”.

Por otro lado, Gestha reclama que la dirección de la AEAT explique por qué el autor de un documento apócrifo atribuido a la Agencia Estatal Tributaria tuvo acceso al informe remitido al juez Ruz si no forma parte del auxilio judicial del caso.

Además los técnicos critican que en dicho documento apócrifo se contiene equívocas referencias a la Ley de Mecenazgo o a la forma de cálculo de las entidades parcialmente exentas que no es aplicable en este caso de las donaciones ilegales al Partido Popular (PP), dado que el régimen fiscal de las formaciones políticas se rige por los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica de financiación de partidos políticos y, en este caso, no es necesario acudir a otras normas con carácter supletorio.

Finalmente, en opinión de los Técnicos del Ministerio de Hacienda, es incorrecta e inapropiada cualquier comparación o ejemplo con los donativos percibidos por organizaciones no gubernamentales (ONG) en el cumplimiento de sus funciones.

(SERVIMEDIA)
17 Mar 2015
GJA/JBM