Amnistía ve en la reforma del Código Penal un “grave retroceso” para la libertad de expresión y de reunión
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Amnistía Internacional (AI) tachó este miércoles de “grave retroceso” para la libertad de expresión y de reunión pacífica la reforma del Código Penal aprobada en el Congreso de los Diputados, que continúa su tramitación en el Senado, y lamentó que el texto "olvide" los crímenes de derecho internacional.
Esta organización señaló que la reforma modifica los delitos contra el orden público, crea algunos nuevos y aumentan las penas contra los manifestantes sin justificación alguna. Por ejemplo, se sanciona de manera más grave el delito contra la autoridad cuando se produce en el contexto de las manifestaciones y se castiga la resistencia pacífica grave hasta con penas privativas de libertad.
AI consideró “necesario” que se defina el término de “resistencia activa” para evitar “ambigüedades”, ya que acciones como una sentada pueden llegar a ser castigada con penas de prisión.
Además, apuntó que el texto tipifica como delito la ocupación de despachos, oficinas, establecimientos o locales, aunque estén abiertos al público, si perturba el funcionamiento normal de la actividad, lo que, según añadió, “pretende acallar las nuevas formas de protesta que de manera pacífica se han producido en los últimos tiempos”.
"Amnistía Internacional considera alarmante que esta reforma convierta en acto criminal la sola participación en la protesta, pudiéndose castigar conductas que no produzcan daños o lesiones a terceros", señaló María Serrano, responsable de Relaciones Institucionales de Amnistía Internacional.
AI aplaudió que en el texto aprobado hoy en el Congreso se elimine el delito de interrupción de servicios de transporte, que aparecía en textos anteriores, y que los matrimonios forzados sean considerados como trata de personas.
Por otra parte, Amnistía Internacional subrayó que la reforma es “una oportunidad perdida” para tipificar adecuadamente los crímenes de derecho internacional, puesto que, aunque contempla por primera vez la desaparición forzada como crimen de lesa humanidad cuando se produce como parte de un plan sistemático, no se reconoce cuando se trata de un acto concreto ni tampoco incluye crímenes como la ejecución extrajudicial, ni ha revisado la definición de tortura de acuerdo con los convenios internacionales de los que España forma parte.
"El olvido de los crímenes de derecho internacional abre resquicios a la impunidad y dificultará el acceso de las víctimas a la justicia", auguró Serrano.
(SERVIMEDIA)
21 Ene 2015
MGR/gja