ETA. El juez Andreu encarcela a 'Santi Potros' por el elevado riesgo de fuga

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha acordado enviar a prisión incondicionall al etarra Santiago Arrospide Sarasola, 'Santi Potros', por su presunta participación en dos atentados de ETA los años 1993 y 1997, por los que había solicitado su extradición a Francia.

El magistrado considera que existe riesgo elevado de fuga, un peligro que se incrementa por la inminencia de la celebración del juicio, una vez que la instrucción está terminada, y por la elevada pena que podría llegar a imponérsele.

“Dicha posibilidad de elusión de la acción de la justicia”, dice Andreu en su auto, “se presenta también posible por cuanto no debe obviarse que la organización terrorista ETA cuenta aún con activos personales y medios suficientes para procurar la huida y ocultación de sus miembros, tal y como se ha constatado en ocasiones anteriores”.

El fiscal Juan Antonio Jabaloy también había pedido prisión provisional para el histórico terrorista, que llegó a la Audiencia Nacional a primera hora de la mañana a bordo de un furgón de la Guardia Civil y poco después pasó a disposición del juez, ante el que estuvo no más de diez minutos porque se negó a declarar.

Tras la acumulación de las penas que había cumplido en Francia, Potros salió de prisión el pasado mes de diciembre. Según el Convenio Europeo de Extradición, el terrorista podría haber eludido su apresamiento si durante los 45 días desde su excarcelación hubiera abandonado territorio nacional.

En las dos causas por las que ahora ha sido detenido se investigaba el atentado contra el que fue fiscal general del Estado Luis Antonio Burón Barba y la colocación de un coche-bomba en Barcelona contra un vehículo de la Guardia Civil, atentado en el que murió Juan Fructuoso Gómez.

En su momento, Francia concedió la extradición por otras causas pero no por estas dos que había solicitado Andreu, así que en esta situación no se le podía perseguir por estos dos procedimientos.

Ahora bien, el Convenio Europeo de Extradición de 1957, en su artículo 14.1, permite la detención y persecución porque una vez ha quedado en libertad, cosa que ocurrió el pasado 4 de diciembre, el procesado, "habiendo tenido la posibilidad de abandonar el territorio de la parte a la cual se efectuó la entrega, no lo hizo así dentro de los 45 días siguientes a su excarcelación definitiva, o hubiere regresado a dicho territorio después de haberlo abandonado". Aplicando este convenio el juez Andreu ha decidido ordenar la detención en virtud de su auto de prisión de 1997.

'Santi Potros' fue presuntamente el responsable de ordenar a los terroristas Domingo Troitiño Arranz y Rafael Caride Simón la comisión del atentado de 1987 en Barcelona por el que fue detenido este lunes en su pueblo, Lasarte (Guipúzcoa).

El histórico miembro de ETA se encontraba en libertad desde diciembre, después de que la Sección Primera de la Audiencia Nacional le excarcelara al descontar las penas cumplidas en Francia.

(SERVIMEDIA)
20 Ene 2015
SGR/caa