El Supremo establece que los aforados no podrán renunciar a su fuero una vez se dicte la apertura de juicio oral
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Los magistrados del Tribunal Supremo han acordado por unanimidad que sea el auto de apertura de juicio oral el que determine la imposibilidad de una renuncia del aforamiento con efectos procesales.
El asunto se llevó a Pleno en relación, entre otros asuntos, al recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Valencia en el caso Fitur de remitir a la Audiencia Provincial el enjuiciamiento del caso tras la renuncia a su acta de diputadas autonómicas de dos acusadas.
La renuncia se produjo después de que el tribunal superior hubiese señalado ya el inicio de la vista oral. Con el pronunciamiento de hoy de la Sala Penal del Supremo, los aforados no tendrán opción a renunciar a su fuero una vez que se haya dictado auto de apertura de juicio oral contra ellos.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) resolvió en abril pasado que no era competente para juzgar la pieza sobre las contrataciones para el pabellón valenciano en Fitur y que ésta debía pasar a la Audiencia de Valencia.
En ese momento, el juicio sobre esa pieza ya estaba fijado para 31 de marzo en el TSJCV, pero se suspendió tras la pérdida del fuero de dos de las principales procesadas, las exconselleras de Turismo Angélica Such y Milagrosa Martínez.
Ambas renunciaron al acta de diputadas autonómicas días antes del comienzo de la vista oral, por lo que el TSJCV considera que la Audiencia de Valencia es el órgano competente para celebrar ese juicio.
La financiación irregular del PP valenciano tiene seis piezas separadas y ésta era la primera que ya había cumplido la fase de instrucción y decretado la fecha de celebración del juicio. El número de procesados de la causa asciende a trece y ya no hay aforados.
La Fiscalía Anticorrupción manifestó previamente a la adopción de esta decisión su criterio desfavorable a que la causa se viera en la Audiencia al entender que el TSJCV debía entender del asunto al haber completado la fase de instrucción, ya que si se trasladara a otro tribunal habría un fraude de ley.
(SERVIMEDIA)
02 Dic 2014
SGR/gfm