El Tribunal Supremo admite a trámite la impugnación del Real Decreto de Troncalidad
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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda de impugnación del Real Decreto (RD) de Troncalidad presentada por la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica (Seimc), por lo que el RD queda suspendido cautelarmente.
La Seimc presentó esta demanda con el objetivo de luchar contra la pérdida de la calidad asistencial que estimó que se produciría con este RD, al reducirse el periodo específico de formación de la especialidad de Microbiología y no crearse la especialidad de Enfermedades Infecciosas.
“El Real Decreto de Troncalidad socava de manera definitiva la formación de los especialistas microbiólogos e infectólogos y nos conduce a un escenario de mediocridad formativa que, irremisiblemente, nos dejará indefensos como país ante próximas crisis sanitarias como la recientemente vivida con el ébola”, señaló el presidente de la sociedad, José María Miró.
Uno de los aspectos detallados en el recurso presentado por la Seimc es que el RD resulta nulo dado que la memoria de impacto normativo elaborada no cumpliría con los requisitos legales. “En la memoria del RD Troncalidad, no solo no se ha realizado la valoración adecuada del impacto de los aspectos que se han contemplado, sino que la mayor parte del impacto económico ni siquiera ha sido considerado”, reseñó la sociedad médica a través de un comunicado.
Asimismo, la Seimc afirmó que la implantación del RD supondría un perjuicio para los pacientes, así como una inversión económica, organizativa y de recursos completamente “estéril” y de difícil “reversión”.
El pasado 8 de julio la Seimc y otras 13 sociedades científicas y asociaciones de pacientes firmaron un manifiesto “en contra del Real Decreto de Troncalidad”, donde también reseñaron que el RD vulneraba el Derecho comunitario.
(SERVIMEDIA)
24 Nov 2014
ACG/gja