El Supremo respalda que el catalán sea lengua vehicular en la enseñanza

MADRID
SERVIMEDIA

La sala tercera del Tribunal Supremo ha avalado el Decreto de 2 de noviembre de 2010 del Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña sobre la dirección de los centros educativos públicos y el personal directivo profesional docente, que establece el catalán como lengua vehicular de la educación, administrativa y de comunicación.

En su auto, el Supremo rechaza el recurso de la asociación Impulso Ciudadano contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ya había desestimado el recurso contencioso administrativo planteado por esa entidad contra el citado Decreto.

En concreto, Impulso Ciudadano pedía la nulidad del artículo 6.d de dicha norma, dirigido a garantizar que una de las funciones de la dirección del centro consista en que el catalán sea lengua vehicular de la educación, administrativa y de comunicación.

El Alto Tribunal catalán apuntó que ello no supone “una exclusión del castellano ni como lengua vehicular ni como lengua de comunicación o administración”, “en la medida en que tal reconocimiento se encuentra presente tanto en la Constitución y normas estatales de desarrollo como en diversa normativa autonómica”.

Por su parte, el supremo destaca la constitucionalidad del decreto,ya que se limita a garantizar que el 'catalán sea la lengua vehicular utilizada “normalmente” en las actividades del centro.

El empleo de este adverbio, “normalmente”, solo refleja lo que es habitual en la realidad social catalana, pero no supone ninguna exclusión del castellano, agrega.

“Tampoco establece ninguna preferencia del catalán imponiendo una superioridad, primacía, predominio o uso prioritario sobre el castellano, ni regula un régimen de privilegio”, concluye el Supremo.

(SERVIMEDIA)
19 Nov 2014
AGQ/gfm